CARABAJAL, JOAQUIN ALEJANDRO c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor impugnó la decisión administrativa y la sentencia que negó incapacidad por accidente in itinere. La Cámara confirmó la sentencia de grado, rechazó los agravios por falta de crítica concreta y razonada, impuso las costas de Alzada y reguló honorarios al 30% de lo correspondiente por la actuación anterior.
¿Quién es el actor?
CARBAJAL JOAQUIN ALEJANDRO.
¿A quién se demanda?
SWISS MEDICAL ART S.A. (y la Comisión Médica Jurisdiccional/Servicio de Homologación, en sede de revisión).
- Objeto de la demanda: Impugnación de la resolución administrativa y de la sentencia que determinó la ausencia de incapacidad laboral por accidente in itinere del 26/08/2024; se cuestiona la valoración médica y se solicita revocar lo decidido.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de grado en cuanto a las cuestiones que fueron objeto de agravios; se impusieron las costas de Alzada en el orden causado y se regularon los honorarios de las representaciones letradas en esta instancia en el 30% de lo que corresponda por la actuación anterior (art. 30 ley 27.423).
- Fundamentos principales de la decisión (textos tomados de la sentencia):
“En primer lugar, cabe señalar que esta Sala ya se ha expedido en reiteradas ocasiones ... en relación con la validez constitucional del recaudo previo establecido en el art. 1º de la ley 27.348 ... Dicha tesis ha sido confirmada por el Alto Tribunal en el caso ‘Pogonza, Jonathan c/ Galeno ART SA s/ accidente – ley especial’ del 02/09/2021.”
“Los cuestionamientos esgrimidos por el accionante no constituyen una crítica concreta y razonada de los argumentos expuestos en el fallo que rechazó el escrito recursivo deducido contra el acto administrativo referido (art. 116 L.O.). Digo ello porque, el recurrente omite explicar aunque sea mínimamente las razones por las cuales entiende que las constancias médicas ... resultarían parciales o desajustadas a las técnicas propias de la medicina. Por otro lado, no especifica siquiera someramente cual es el grado de incapacidad que le correspondería –a su entender
- al actor por las dolencias que presenta.”
“Las mencionadas deficiencias técnicas de este tramo del recurso sellan negativamente su suerte ... en ausencia de objeciones especialmente dirigidas a las consideraciones determinantes de la decisión adversa al apelante, no puede haber agravio que atender en la alzada ...”
Voto del Dr. Díez Selva: “Por análogos fundamentos adhiero al voto que antecede.”
- No hubo voto en disidencia: ambos jueces integraron la mayoría que confirmó la sentencia de grado.
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