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MORALES, ROBERTO MAXIMILIANO c/ ORGANIZACION COORDINADORA ARG. S.R.L. s/DESPIDO

Reclamó el trabajador por despido contra Organización Coordinadora Argentina S.R.L. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, declaró desierto el recurso de la demandada y le impuso las costas de alzada y honorarios de segunda instancia al 30% de lo percibido en la instancia previa.

Despido Abandono de trabajo Art. 116 l.o. Apelacion desierta Costas de alzada Honorarios 30% Camara nacional de apelaciones del trabajo Reclamacion laboral Prueba insuficiente Intereses


¿Quién es el actor?

MORALES, Roberto Maximiliano.

¿A quién se demanda?

ORGANIZACIÓN COORDINADORA ARG. S.R.L.
- Objeto de la demanda: Acción por despido (s/ despido).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia apelada en todo cuanto fue materia de recurso, declaró desierto el recurso interpuesto por la demandada, impuso las costas de alzada a la demandada y reguló los honorarios de segunda instancia en el 30% de lo que cada representación haya percibido por las tareas cumplidas en la instancia previa.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Contra la sentencia que consideró que la demandada no probó el abandono de trabajo que imputó al demandante para despedirlo y que, consecuente con ello, la condenó al pago de las indemnizaciones correspondientes, se alza la vencida a mérito de la presentación digital del 8 de febrero de 2022, claramente sin razón." "tal como lo dispone el art. 116 de la L.O. y lo ha interpretado invariablemente la jurisprudencia, es presupuesto de viabilidad de todo recurso de apelación el desarrollo de una crítica concreta y razonada de las partes de la sentencia que el apelante considere equivocadas (art. 116 L.O.), carga que supone precisar puntualmente los pretendidos errores, omisiones u otras deficiencias que atribuyan al fallo y especificar con toda exactitud los fundamentos de tales objeciones, y que no encuentro que pueda tenerse por debidamente cumplida mediante la dogmática muestra de disconformidad que caracteriza la presentación que ha dado lugar a la apertura de la instancia, limitada a la expresión de una mero disenso..." "Consecuente con ello, y no sin destacar que era carga de su parte acreditar los presupuestos de la figura de abandono de trabajo que imputó a su dependiente, cabe declarar desierto el recurso y confirmar la sentencia." "Tampoco ha de prosperar el único agravio que, solo por ser un factor común a la mayoría de los expedientes, coincide con lo resuelto, refiero con ello a los intereses, pues lejos de lo señalado por la quejosa, las tasas aplicadas apenas alcanzan a compensar el perjuicio vinculado a la mora y a la inflacion..." "Las costas de alzada serán impuestas a la demandada y los honorarios serán regulados en el 30% de lo que cada representación deba percibir por las tareas cumplidas en la instancia anterior."
- Disidencias: No existen votos en disidencia; la Dra. Cañal adhirió al voto del Dr. Perugini y el acuerdo resolvió conforme al dispositivo transcripto.

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