LOPEZ TORREZ, HUGO RAMIRO c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor reclamó indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo ocurrido el 01/12/2016 contra Swiss Medical ART S.A. El Juzgado nacional fijó la incapacidad laboral en 10,15% de la T.O., revocó la resolución de la Comisión Médica N°10 y condenó a la aseguradora al pago de $279.564,32 más intereses y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Hugo Ramiro López Torrez.
Demandado: Swiss Medical ART S.A. (aseguradora).
Objeto: impugnación de la resolución de la Comisión Médica N°10 que había determinado ausencia de incapacidad; se reclama reconocimiento de incapacidad y consecuente indemnización por accidente ocurrido el 01/12/2016.
Decisión: Se revocó la resolución de la Comisión Médica N°10 de Capital Federal del 09/09/2020, se fijó la incapacidad laborativa del actor en 10,15% de la T.O. y se condenó a SWISS MEDICAL ART S.A. a abonar la suma de $279.564,32 más intereses; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios del 16%, 13% y 7% para la parte actora, la demandada y el perito, respectivamente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Otorgo al dictamen referido plena eficacia probatoria, atento que se funda en principios técnicos y argumentos científicos, así como en consideraciones basadas en los exámenes clínicos y complementarios realizados al accionante, en tanto que las impugnaciones presentadas por la parte demandada ... no logran conmover la contundencia de las conclusiones de la pericia" (art. 386 y 477 CPCCN).
"las críticas a las opiniones de los peritos son insuficientes si no se acompañan evidencias capaces de convencer al Juez que lo dicho por el especialista es incorrecto, que sus conclusiones son equivocadas o que los datos proporcionados son equívocos o mendaces" (CNAT, Sala I, 26/05/2008, “Zalazar, María Mercedes c/Obra Social Bancaria Argentina y otro”).
Sobre el cómputo de factores: "De tal modo, los tres factores constituyen un porcentaje a aplicar sobre el de incapacidad física determinada. En este caso, si la incapacidad física funcional es de 10%, el factor de ponderación proveniente de la actividad será de 0,05%, el de la recalificación será del 0,05%, mientras que el factor de ponderación de la edad resultará de 0,05%. Teniendo en cuenta lo reseñado precedentemente, la incapacidad física parcial y permanente del Sr. López Torrez asciende a 10,15%."
Cálculo indemnizatorio: "el valor mensual ... es $31.381,92 ... De acuerdo con estos parámetros, el actor debería percibir, según el Dto. 1278/2000, una indemnización de $232.970,27 ... Atento que el resultado del cálculo realizado supera el mínimo indemnizatorio previsto por el art. 3 del decreto 1694/09, actualizado por aplicación del art. 17.6 de la ley 26.773, estaré al resultado de la fórmula legal. La suma de $232.970,27 ... se incrementará en 20% equivalente a la suma de $46.594,05 ... Por lo hasta aquí expuesto, corresponde, diferir a condena la suma de $279.564,32 que generará intereses desde el 01/12/2016."
- Votos en disidencia: no constan votos en disidencia en el expediente; la resolución se dicta por el Juzgado en única firma.
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