CHAVEZ CORDERO, CARLOS ALBERTO c/ YAGMOUR SRL s/DESPIDO
El actor demandó por despido directo y certificación laboral prevista en el artículo 80 L.C.T. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de grado en cuanto al fondo (despido con justa causa y rechazo de indemnizaciones) pero modificó la distribución de costas y elevó los honorarios de la representación letrada de la demandada a $619.950, e impuso las costas de ambas instancias a cargo de la parte actora.
¿Quién es el actor?
CHAVEZ CORDERO CARLOS ALBERTO.
¿A quién se demanda?
YAGMOUR S.R.L.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (indemnizaciones por despido directo), entrega del certificado de trabajo previsto en el art. 80 L.C.T. y multa prevista en el último párrafo del art. 80; impugnación de liquidaciones y de honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia en lo principal que decide (rechazo de las indemnizaciones por despido directo y condena a entregar el certificado del art. 80 L.C.T. tal como lo resolvió el juez de grado), se modificó la sentencia de primera instancia en cuanto a las costas imponiéndolas por la instancia anterior y ante esta Alzada a cargo de la parte actora, y se modificó el decisorio originario respecto de los honorarios de la representación letrada de la demandada, elevándolos a $619.950 (10 UMA de $61.995). Además, se reguló por los trabajos de esta Alzada el 30% de lo que finalmente corresponda percibir a cada representación por los trabajos en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"En efecto, lo señalado por el accionante en ese sentido no logra conmover de manera circunstanciada ni fundada lo concluido en origen en torno a que de un análisis circunstanciado de las probanzas reunidas en estos actuados se probó la causal invocada para despedir al actor, criterio que comparto."
"De las constancias de autos, en el mismo sentido que el pormenorizado análisis efectuado por el Sr. Juez de origen, se encuentra probada la causal invocada para disolver el vínculo de manera directa como lo hizo el empleador (art. 377 CPCCN)."
"Teniendo en cuenta las particulares circunstancias fácticas reunidas en estos actuados donde el reclamante resulta vencido en lo principal del reclamo dado que el ex empleador acreditó la causal invocada para despedir al actor de manera directa, con sustento en el principio general que emana del primer párrafo del artículo 68 del CPCCN, ... propongo modificar la sentencia de origen e imponer las costas originadas en la anterior instancia a cargo de la parte actora."
"En lo que refiere al asunto de los honorarios, teniendo en cuenta el mérito, labor e importancia de los trabajos profesionales desarrollados en la anterior instancia, evaluados en el marco del valor económico del litigio, considero que los honorarios fijados a la representación letrada de la parte demandada lucen bajos por lo que propongo elevarlos a la suma de $ 619.950 (Pesos seiscientos diecinueve mil novecientos cincuenta) que representan 10 UMA de $ 61.995 cada uno vigente al momento de la sentencia de origen..."
- Voto en disidencia: No se identifican votos en disidencia en la sentencia; el Dr. Balestrini adhirió al voto que antecede.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: