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TOSCANO, RODRIGO MARTIN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamó el actor contra Provincia ART S.A. por indemnización derivada de accidente de trabajo por incapacidad. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y fijó el capital de condena en $10.649.171,30 más intereses desde el 28/12/2022; además dejó sin efecto la regulación originaria de costas y honorarios e impuso costas a la demandada, regulando honorarios conforme a la resolución.

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¿Quién es el actor?

TOSCANO, RODRIGO MARTIN.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo de indemnización por accidente de trabajo (prestación dineraria por incapacidad prevista en art. 14, inc. 2) a) de la ley 24.557).

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado, estableciendo el capital de condena en $10.649.171,30 más intereses desde el 28/12/2022 conforme la tasa señalada en el voto (promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco Nación, con capitalización semestral); dejó sin efecto la imposición de costas y la regulación de honorarios practicadas en origen, impuso las costas de ambas instancias a la demandada, y reguló los honorarios de primera instancia y alzada en los montos y porcentajes indicados en la parte resolutiva.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Dada la fecha del siniestro motivo del reclamo (30/9/2022), y al criterio recientemente adoptado por este tribunal en atención a la vigencia del Decreto 669/19, lo expresamente normado en su art. 3º -en consonancia con lo dispuesto por el art. 7 del CCyCN
- y toda vez que la propia ley 24557 ha delegado en el Poder Ejecutivo las facultades reglamentarias, corresponde, de conformidad con las modificaciones introducidas en la mencionada disposición normativa, sustituir el art. 12 de la ley de Riesgos del Trabajo y en su mérito, establecer su aplicación conforme la actual redacción al caso de autos." "A partir de ello, corresponde considerar las remuneraciones del actor correspondientes a los doce meses anteriores a la fecha del infortunio, actualizadas por el índice RIPTE, que asciende a la suma de $192.222,03... Sentado ello, desde el 30/9/2022 y hasta la fecha de interposición del recurso ley 27348 -28/12/2022; oportunidad en que la Aseguradora debió haber puesto a disposición la indemnización correspondiente-, el monto del ingreso base devengará un interés equivalente a la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) en el período considerado." "De tal modo, ... la prestación dineraria del artículo 14, inciso 2), apartado a) de la ley 24.557 debida como consecuencia del infortunio objeto de reclamo, asciende a $10.649.171,30 ... Por ello, debe estarse al importe que determina la fórmula." "Dicha suma (esto es, $10.649.171,30), desde la interposición del recurso ley 27.348 (28/12/2022) y hasta la efectiva cancelación, devengará intereses conforme el promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a TREINTA (30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, acumulándose los intereses al capital en forma semestral (cfr. Normativa mencionada)." "De acuerdo con el nuevo resultado del litigio y en razón de lo normado por el art. 279 del CPCCN, corresponde dejar sin efecto la imposición de costas y la regulación de honorarios practicadas en la instancia anterior... En tal sentido, sugiero imponer las costas de ambas instancias a la parte demandada (art. 68 CPCCN)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; el Dr. Pompa adhiere al voto del Dr. Fera.

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