SALOMON, NESTOR EDUARDO c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Trabajador demandó por accidente laboral y secuelas psicofísicas contra la ART reclamada. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VI, confirmó la sentencia apelada y rechazó la revisión al concluir que las comisiones médicas administrativas actuaron válidamente y no acreditaron lesión traumática ni minusvalía.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: SALOMON, NESTOR EDUARDO (trabajador/actor).
Demandado: ASOCIART ART S.A. (Aseguradora de Riesgos del Trabajo).
Objeto: Impugnación del rechazo administrativo ante las comisiones médicas y reclamo de reconocimiento de lesión lumbar y secuelas psicofísicas derivadas de un siniestro laboral.
Decisión: El Tribunal resolvió confirmar el fallo recurrido e imponer las costas de alzada por su orden, atendida la índole de la cuestión litigiosa. (Se confirmó la decisión que declaró desierto/infundado el recurso administrativo y negó la pretensión del actor.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"El recurso presentado, analizado a la luz de las reglas de la sana crítica, resulta insuficiente como para justificar una revisión de lo decidido en la instancia de grado: el Superior ha defendido la constitucionalidad de la ley 27.348 en las causa “Pogonza” (Fallos 344:2307) y, más recientemente, en la causa “Behrens c/Asociart SA” (sent. del 5/11/24, Fallos 347:1709, DT 2025-enero-189), puntualizó que las comisiones médicas que actúan en sede administrativa han sido creadas por ley formal y satisfacen las exigencias de independencia e imparcialidad, pues los profesionales de la salud que las integran se eligen por concurso público de oposición y antecedentes y el sistema incorpora resguardos del debido proceso..."
"Por otra parte, la denuncia de trauma psíquico tampoco tiene adecuada base fáctica porque: a) no existe minusvalía física y b) estamos ante un trauma que, por sus características, no resulta idóneo para afectar emocionalmente a las personas como puede suceder en caso de derrumbes, incendios o accidentes viales con riesgo de vida."
"Por ello, entiendo corresponde: Confirmar el fallo recurrido imponiendo las costas de alzada por su orden atento la índole de la cuestión litigiosa."
- Votos y disidencias relevantes: El voto del Dr. Carlos Pose expone los fundamentos transcritos y la Dra. Graciela L. Craig adhiere expresamente a la solución propuesta por el Dr. Pose. No consta disidencia.
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