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LATTANSIO, ALBERTO JOSE c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor impugnó la confirmación de la Comisión Médica por incapacidad derivada de un siniestro del 18/03/2024. La Cámara confirmó la sentencia de grado y rechazó el recurso por falta de crítica fundada y ausencia de prueba que desvirtúe el dictamen médico.

Comision medica Ley de riesgos del trabajo Incapacidad Pericia medica Recurso de apelacion Costas y honorarios Art. 116 l.o. Accidente in itinere Provincia art s.a. Confirmacion de sentencia


¿Quién es el actor?

Lattansio Alberto José (demandante).

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A. (aseguradora/ente demandado).
- Objeto de la demanda: Impugnación de la resolución de la Comisión Médica N°10 y pedido de reconocimiento de incapacidad por el siniestro ocurrido el 18 de marzo de 2024 (accidente in itinere), con solicitud de reparación conforme la Ley de Riesgos del Trabajo.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): La Cámara confirmó la sentencia de grado en todo lo que decide y fue materia de recurso y agravios; impuso costas y honorarios de alzada conforme al considerando IV.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "El memorial en examen no satisface los recaudos que exige el art. 116 de la L.O. pues el actor se limita a realizar invocaciones genéricas y a agregar argumentos en relación con el planteo subsidiario. Sin embargo, omite cuestionar mediante una crítica concreta y razonada las motivaciones esenciales del pronunciamiento." "…la parte actora no aporta elementos científicos para rebatir las conclusiones del dictamen médico que permitan dilucidar en dónde radica el error o la conclusión en que se ha incurrido en el dictamen en cuestión para así solicitar su modificación, limitándose a cuestionar la falta de apreciación de la incapacidad invocando de manera absolutamente genérica…" "A su vez, ninguna otra prueba fue instada por el accionante tendiente a demostrar los padecimientos manifestados, más aún respecto de la incapacidad psicológica que demanda, reclamo que –como bien lo manifestó la magistrada de grado
- no fue incluido en el formulario de inicio del trámite, ni requerido en las distintas etapas del procedimiento, por lo que corresponde confirmar que excede el marco de consideración." "Asimismo, no encuentro razones suficientes para designar un nuevo perito médico con el fin de realizar otro examen clínico…y tampoco el accionante aporta razones ni pruebas que me permitan reflexionar lo contrario."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia; ambos jueces (Guisado y Díez Selva) adhirieron a la confirmación de la sentencia de grado. Fechas relevantes: siniestro 18/03/2024; firma del fallo 19/06/2025.

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