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APAZA ALVARADO, RICHARD DHUGLAS c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Trabajador demandó a la ART por accidente laboral y reclamó reparación por secuelas en el pulgar derecho y daño psicológico. El Juzgado hizo lugar a la demanda, fijó una incapacidad del 5% de la T.O. y condenó a la aseguradora a pagar $266.991,07 más intereses, con costas a la demandada.

Accidente de trabajo Art Incapacidad permanente T.o. Ripte Liquidacion Intereses Costas Honorarios Lesion de mano


¿Quién es el actor?

Richard Dhuglas Apaza Alvarado.

¿A quién se demanda?

GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
- Objeto de la demanda: Cobro de la reparación del accidente de trabajo ocurrido el 9/10/2019 (lesión en el pulgar derecho con pérdida de uña y secuelas osteocondrales), y reconocimiento de incapacidad (física y psicológica) en el marco de la ley de riesgos del trabajo.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se hizo lugar a la demanda y se condenó a la aseguradora a pagar la suma total de $266.991,07 (más actualización e intereses desde la fecha del accidente), se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios para los profesionales intervinientes según lo consignado en la parte resolutiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "En cuanto al reclamo planteado, y encontrándose reconocida por la parte demandada la existencia de la cobertura como la denuncia del infortunio, corresponde analizar si existe incapacidad que pueda serle atribuida al accidente que se denuncia."
- Sobre la pericia: "el perito médico informa que el actor presenta una incapacidad del 15% de la T.O. por la lesión en el dedo de la mano derecha, en tanto surge de los estudios complementarios ordenados que presenta focos de injuria osteocondral de la articulación metacarpiana del primer dedo, discreto aumento de líquido sinovial intraarticular que genera una disminución de la movilidad en su mano derecha (5%) y también presenta R.V.A.N, grado II (10%)."
- Valoración judicial: "En relación con la incapacidad física por limitación funcional de la mano derecha (5%) establecida por el experto, habré de asignarle al informe fuerza convictiva habida cuenta de los fundamentos que contiene, sin perjuicio de las impugnaciones efectuadas por la aseguradora..."
- Sobre la incapacidad psicológica: se rechazó porque "el médico puntualiza que el trabajador '[n] o ha mostrado limitaciones en la realización de su trabajo cotidiano' y que '[l]as cuatro herramientas fundamentales de la mano están conservadas en forma bilateral', por lo que no es posible contextualizar la relación de causalidad con el siniestro ni con la limitación en la mano, por lo que los hechos de esta causa no revisten las características de un acontecimiento ... de intensidad como para desencadenar un daño indemnizable por este motivo: una incapacidad psicológica."
- Liquidación y cálculo: se determinó un IBM actualizado por RIPTE de $42.625,57 y, aplicando la fórmula legal, "se llega a la suma total de $222.492,56", que supera el mínimo por S.R.T., por lo que se adiciona el 20% conforme art. 3º ley 26773, resultando "la demanda prosperará por la suma de $266.991,07."
- Intereses: el monto devengará intereses desde la fecha del accidente (9/10/2019) hasta la fecha de la liquidación, "según la tasa de interés fijada por el apartado 2 del artículo 12 de la ley 24557 modificada por la ley 27438."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; la sentencia es de un/a juez/a de primera instancia y el fallo único adopta los fundamentos arriba expuestos.

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