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BORREGO VALENS, FRANCO JOSE c/ GRUPO GENS S.A. Y OTROS s/DESPIDO

Reclamó despido el actor contra varias sociedades y personas físicas por relación laboral y responsabilidad solidaria. La Cámara modificó parcialmente la sentencia y dejó sin efecto la condena contra Grupo Gens S.A. y María Eugenia Vignati (arts. 31 LCT; 54 y 59 LSC), confirmó lo demás, y fijó honorarios y costas conforme a sus considerandos.

Despido Empleador plural Art. 26 lct Conjunto economico Art. 31 lct Responsabilidad solidaria Arts. 54 y 59 lsc Honorarios Costas Prueba testimonial


¿Quién es el actor?

Borrego Valens, Franco José.
- Demandados: Grupo Gens S.A.; Bioart S.A.; Marovi S.A.; Roberto Antonio Vignati; María Eugenia Vignati; María Isabel Vignati.
- Objeto de la demanda: acción por despido e indemnizaciones derivadas de relación laboral; determinación de empleadores plurales y solidaridad entre sociedades y personas físicas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado dejando sin efecto la condena contra Grupo Gens S.A. y contra María Eugenia Vignati (con sustento en art. 31 LCT y arts. 54 y 59 LSC, respectivamente). Confirmó la condena contra Roberto Antonio Vignati, Bioart S.A. y Marovi S.A., confirmó lo demás de la sentencia apelada, fijó los honorarios conforme al considerando V y ordenó costas y honorarios en la Alzada conforme al considerando VI.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "En efecto, no se ha acreditado que estuviesen compuestas por personas de la misma familia, ni que hubieran existido maniobras fraudulentas o conducción temeraria entre las empresas empleadoras del actor y Gens SA, lo que obsta encuadrar la situación de autos en el supuesto contemplado en el art. 31 LCT." "Y, en cuanto a la solidaridad de la codemandada María Eugenia Vignati, toda vez que la mencionada persona física fue condenada en los términos de los arts. 54 y 59 de la LSC por ser la presidenta del Grupo Gens SA (v. respuesta de la IGJ del 15/07/2022), corresponde eximirla de responsabilidad." "Cabe pues, modificar parcialmente lo decidido en grado y dejar sin efecto la condena dispuesta en grado a Grupo Gens S.A. y a María Eugenia Eugenia Vignati."
- Votos y disidencias: Los dos votos aportados (Dra. Pinto Varela y Dr. Guisado) adhieren al mismo resultado; no se registran disidencias en el acuerdo final.

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