PELOSO, MERCEDES ISABEL c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora reclamó indemnización por accidente in itinere tras un siniestro del 15/11/2017; la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la sentencia de grado y rechazó la demanda, por entender que la actora no acreditó que el trayecto no hubiera sido interrumpido o desviado, incumpliendo su carga probatoria.
¿Quién es el actor?
PELOSO, MERCEDES ISABEL.
¿A quién se demanda?
EXPERTA ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo) y empleador REDON MARCELO DANIEL en el expediente administrativo.
- Objeto de la demanda: Reconocimiento del carácter laboral (accidente in itinere) del siniestro ocurrido el 15/11/2017 y cobro de indemnización efectuada en primera instancia por $209.940,48.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda interpuesta por la actora; impuso las costas en el orden causado y reguló honorarios conforme al considerando IV.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Tal como ha sostenido reiteradamente este Tribunal, para que un accidente ocurrido en el trayecto entre el domicilio del trabajador y su lugar de trabajo (o viceversa) sea calificado como “in itinere” en los términos de la normativa vigente, resulta indispensable que el damnificado no interrumpa ni altere dicho trayecto por causas ajenas a su actividad laboral."
"En consecuencia, a la actora le incumbía la carga procesal de acreditar (art. 377 C.P.C.C.N.) que se dirigía de forma directa desde su domicilio a su lugar de trabajo. Sin embargo, la accionante no ha arrimado a la causa elemento de prueba alguno a tal fin, por lo que impide tener por acreditado que el trayecto no fue interrumpido ni desviado."
"La demandante limitó su reclamo a la denuncia administrativa ante la SRT, reitero, sin aportar elementos objetivos que acrediten que el hecho ocurrido se produjo en el trayecto de su casa al trabajo -o viceversa
- y en el horario correspondiente a este último. Por lo cual, en definitiva, no existe motivo alguno que permita modificar el carácter no laboral otorgado en el dictamen apelado."
- Votos y disidencias: El Dr. Álvaro E. Balestrini expuso los fundamentos arriba transcritos y propuso revocar; el Dr. Mario S. Fera adhirió al voto. No hubo disidencia relevante.
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