SEGURA, CAROLINA c/ DEL CAMPO, GABRIEL VICENTE Y OTRO s/DESPIDO
La actora apeló la sentencia por despido y por la multa prevista en el art. 80 LCT; cuestionó además la regulación de honorarios. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia en todo lo que fue objeto de agravios, ajustó los honorarios de la representación letrada de la actora a 10 UMAS e impuso las costas de Alzada a la actora, regulando además honorarios de alzada en el 30%.
¿Quién es el actor?
SEGURA, Carolina (actora).
¿A quién se demanda?
DEL CAMPO, Gabriel Vicente y otro (codemandados).
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (despido indirecto) e imposición de la sanción prevista en el art. 80 LCT (t.o. art. 45 Ley 25.345) por falta de entrega de certificados; además impugnación de la regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de recurso y agravios; elevó los honorarios de la representación y patrocinio letrado de la parte actora a 10 UMAS; impuso las costas de Alzada a la actora; y reguló los honorarios de los profesionales que suscribieron escritos dirigidos a la Cámara en el 30% de lo que les correspondiere por su actuación en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"De las constancias de la causa, surge que la actora no cursó la intimación prevista por el art. 3° del Decreto 146/01 en los plazos allí establecidos, toda vez que en la misma pieza postal mediante la cual notifica a su empleadora que se coloca en situación de despido indirecto (TCL del 27/12/2018 recibida el 28/12/2018), la emplaza para que haga efectiva entrega de los certificados en previstos en el art. 80 ya citado, esto es, antes de vencido el plazo dispuesto por el citado decreto ... La falta de cumplimiento de los requisitos formales establecidos por la normativa de aplicación, torna inviable la procedencia de la multa pretendida pues se trata de un requisito formal insoslayable."
"En atención al mérito, calidad, naturaleza, importancia y extensión de los trabajos profesionales desempeñados, así como al resultado alcanzado, a las etapas procesales cumplidas y a las disposiciones arancelarias de aplicación vigentes al momento en que se efectuaron los mismos ... los estipendios regulados a la representación y patrocinio letrado de la parte actora (Dra. González), lucen insuficientes, por lo que deberán ser elevados a la cantidad de 10 UMAS."
"Sobre este tópico, no encuentro motivos para apartarme de principio general que, en materia de costas, consagra el art. 68 del CPCCN ... En consecuencia, sugiero mantener el temperamento adoptado en la anterior instancia, lo que así voto."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; el voto que abre la causa (Dra. González) propone y el Dr. Pesino adhiere, formando mayoría.
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