GRAMAJO, ARIEL OMAR c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamante por accidente de trabajo contra Provincia ART S.A. solicitó reparación por lesiones y consecuente incapacidad. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción, rechazando la impugnación de la aseguradora sobre el porcentaje de incapacidad y confirmando perjuicios y costas a cargo de la demandada.
¿Quién es el actor?
GRAMAJO, ARIEL OMAR.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trabajo (ley especial 27.348) ocurrido el 13/06/2023, con petición de actualización, intereses y reconocimiento del porcentaje de incapacidad por lesiones en hombro, codo y muñeca izquierda.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada que hizo lugar a la acción de la parte actora; impuso las costas de Alzada a cargo de la demandada y regularizó los honorarios conforme lo indicado en el fallo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"Obsérvese, que el restringido marco del sistema formulario (con las variantes de acuerdo al trámite a iniciar), organizado por la SRT en numerosas resoluciones (tema sobre el que volveré), para iniciar y proseguir los trámites administrativos, es contrario a los principios básicos del debido proceso judicial, en particular en materia laboral."
"Es elocuente observar la paradoja, de que la 'amplitud' en los términos de la ley y de la interpretación de la misma, resulte 'restrictiva y regresiva'. Ello, toda vez que el trabajador debería hacer un camino de ida y vuelta entre la administración y la justicia, lo que no es más que asegurar la dilación en el cobro del crédito, clara ventaja financiera para la contraparte."
"Desde tal perspectiva, reparando en las conclusiones médicas obrantes en la pericia (ver fs. 52/60 y fs. 71/72) y en que la parte trabajadora denunció que el tratamiento propiciado por la aseguradora (y posteriormente por las comisiones medicas), resultó deficiente e insuficiente, a tenor de los reales padecimientos sufridos a raíz del accidente ocurrido el 13/06/2023 (ver folio 86 del informe S.R.T. remitido el 12/10/2023), no advierto motivos para modificar lo decidido en el anterior grado y, por ende, auspicio su confirmatoria."
- Votos: La Dra. Diana R. Cañal votó por confirmar la sentencia con los fundamentos expuestos, el Dr. Alejandro H. Perugini adhirió en lo sustancial y el Dr. Mario S. Fera no votó (art. 125 LO). La decisión de la Cámara es la confirmatoria, por lo que las propuestas disidentes o matices de votos individuales no modifican el resultado.
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