OLMEDO, WILFRIDO JAVIER c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamó el actor por prestaciones derivadas de un accidente laboral (Ley 24.557). La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y fijó el capital de condena en $41.251.836,20 más intereses desde el 18/1/2024, aplicando el régimen de actualización previsto por el Decreto 669/19 y la tasa del Banco Nación.
¿Quién es el actor?
Olmedo Wilfrido Javier.
- Demandada: Provincia ART S.A. (Aseguradora).
- Objeto de la demanda: Reclamo por indemnizaciones derivadas de un accidente de trabajo (incapacidad) conforme ley 24.557.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado, estableciendo el capital de condena en $41.251.836,20 más intereses desde el 18/1/2024 y conforme la tasa indicada en el apartado III del primer voto del acuerdo; dejó sin efecto las regulaciones de honorarios practicadas en origen, impuso las costas de primera instancia a la demandada, reguló honorarios (16% para la actora, 14% para la demandada y 7% para el perito en primera instancia, con IVA cuando corresponda) y fijó honorarios por la actuación en alzada de la demandada en 30% sobre lo que perciba en origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"Los agravios en cuestión, tal como están formulados, habilitan la revisión del punto vinculado con los parámetros establecidos en la anterior instancia para calcular el capital de condena y su interés posterior, toda vez que dichos aspectos no pueden escindirse uno del otro. Por lo tanto, corresponde modificar la sentencia de primera instancia de acuerdo con las pautas legales aplicables en la materia, conforme el régimen vigente a la época del siniestro, esto es, de conformidad con lo dispuesto en el decreto 669/19."
"A partir de ello, corresponde considerar las remuneraciones del actor correspondientes a los doce meses anteriores a la fecha del infortunio, actualizadas por el índice RIPTE, que asciende a la suma de $340.034,82 (de acuerdo al informe de situación previsional de la A.F.I.P, agregado al SGJ Lex 100 el 25/4/2024)."
"De tal modo, en atención a la base de cálculo resultante ($340.034,8263.468,76/31.984,22=$674.757,37), la edad del accionante al momento del suceso (33 años), y la minusvalía determinada (51,25%), la prestación dineraria del artículo 14, inciso 2), apartado a) de la ley 24.557 debida como consecuencia del infortunio objeto de reclamo, asciende a $36.100.797,20 ... Asimismo, debe adicionarse la compensación contemplada en el artículo 11, inc. 4º, ap. a) de la ley 24.557, que según la mencionada resolución de la SRT, asciende, en el caso, a la suma de $5.151.039, lo que arroja un total de $41.251.836,20."
"Dicha suma, desde la interposición del recurso 27348 (18/1/2024) y hasta la efectiva cancelación, devengará intereses conforme el promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a TREINTA (30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, acumulándose los intereses al capital en forma semestral (cfr. Normativa mencionada)."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; ambos jueces (Fera y Balestrini) adhieren al acuerdo.
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