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GOLJEVSCK, NORMA HELENA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

La actora reclamó diferencias salariales por recategorización del puesto (pasa de categoría 9 a 15) por aplicación del Acta COPECA de 10/11/2011. El Juzgado rechazó la demanda por hallarse acreditado en peritaje que la actora percibía salario conforme a su categoría y que la demanda fue extemporánea; además ordenó costas y reguló honorarios con montos fijados.

Recategorizacion Diferencias salariales Acta copeca 10/11/2011 Peritaje contable Extemporaneidad Costas Honorarios Cct 305/98 Juzgado nacional de primera instancia del trabajo Anses


¿Quién es el actor?

GOLJEVSCK NORMA HELENA.

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: cobro de diferencias salariales por recategorización del puesto de trabajo (reclamo de recategorización a la categoría 15 y diferencias desde noviembre de 2015) en virtud del Acta COPECA de fecha 10/11/2011.

¿Qué se resolvió?

se rechazó la demanda interpuesta por GOLJEVSCK NORMA HELENA contra la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES; se impusieron las costas según el Considerando III (art. 68 CPCCN); y se regularon los honorarios profesionales en los montos indicados. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
- "Ante la negativa de la accionada, correspondía a la demandante acreditar los extremos denunciados en la demanda (cfr. art. 377 CPCCN)."
- "En este sentido, resulta del peritaje contable -no cuestionado-, la actora percibía su salario de acuerdo al CCT N° 305/98 'E'.
- Se le abonaba el salario de acuerdo a su categoría de revista."
- "Por otra parte, el proceso de recategorización terminó el día 23/2/2012, por lo que la comunicación de la jefatura de la actora efectuada el día 11/6/2013 resultó tardía y, además, resulta del mismo peritaje que la actora fue operador, que podría haber tenido derecho a la recategorizaciòn, desde el 1.12.2008 hasta el 12.10.2017, y desde esta última fecha fue 'soporte' – razón por la cual NO tenía derecho a la recategorización."
- "En tales condiciones, corresponde rechazar la demanda en todos sus términos."
- Sobre costas y honorarios: "Las costas del juicio se declaran por su orden, en atención a la naturaleza de la acción y que la actora pudo considerarse asistida de mejor derecho (cfr. art. 68 CPCCN)." y en el fallo: "Regular los honorarios ... en las sumas de $ 700.000.-, $ 950.000.-, y $ 520.000.
- respectivamente, expresados a valores actuales ... A dichos montos se deberá adicionar el porcentaje imputable al Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.)..." Voto o discrepancias relevantes:
- No se registra disidencia en el texto. La decisión adoptada es la expresada en el bloque dispositivo transcripto y los fundamentos citados corresponden al sentido del fallo mayoritario.

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