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GODOY, FLAVIA GISELL c/ LEPIC S.A. s/DESPIDO

La actora demandó por despido e indemnizaciones laborales, reclamando horas extras y prestaciones de la Ley 24.013; la demandada apeló también por honorarios y algunos rubros. La Cámara de Apelaciones modificó la condena elevando el monto a $2.714.951,23, dejó sin efecto las regulaciones de honorarios de origen y las fijó en UMA conforme detallado, confirmó lo restante y cargó las costas de alzada a la accionada.

Despido Horas extras Ley 24.013 Indemnizaciones (arts. 9 y 15) Art. 80 lct Honorarios Uma Costas de alzada Peritaje contable Camara de apelaciones


¿Quién es el actor?

Godoy Flavia Gisell (actora).

¿A quién se demanda?

Lepic SA (accionada).
- Objeto de la demanda: Despido y reclamo de indemnizaciones laborales incluyendo las previstas en los arts. 9 y 15 de la Ley 24.013, horas extras y regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se elevó el monto de la condena a $2.714.951,23 con la actualización dispuesta en origen; se dejaron sin efecto las regulaciones de honorarios de primera instancia y se fijaron los de origen en 85 UMA para la representación letrada de la actora, 78,75 UMA para la demandada y 18,3 UMA para el perito contador (valor UMA $72.265); se confirmó lo demás objeto de recursos; se impusieron las costas de alzada a cargo de la accionada; y se estableció que los honorarios de esta instancia equivalen al 30% de las sumas que correspondan percibir por lo actuado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Considero que la accionante logró acreditar su postura con las declaraciones testimoniales de Muñiz y Risso Patron... A su vez, los declarantes propuestos por la accionada no rebatieron las contundentes expresiones de Muñiz y Risso Patrón, y sus dichos son insuficientes para considerar acreditada la postura de la demandada." "Por todo lo expuesto, considero que la actora acreditó la fecha de ingreso y jornada denunciada... En consecuencia, sugiero diferir a condena las indemnizaciones previstas en los arts. 9 y 15 de dicho cuerpo normativo, la primera de las cuales asciende a $88.550,48 y la segunda a $343.281,74 ... Asimismo propongo receptar las horas extras y su sac reclamadas conforme el monto consignado en la demanda ($1.076.767,87)..." "De conformidad con las tareas desarrolladas, y las pautas que emergen de la ley 27.423 y del art. 38 de la L.O., propongo regular los honorarios de origen de la representación letrada de la actora en 85 UMA, de la demandada en 78,75 UMA y del perito contador en 18,3 UMA, conforme un valor UMA de $72.265... Las costas de alzada voto por fijarlas a cargo de la accionada, pues resultó vencida (art. 68 CPCCN)."
- Votos / disidencias: El voto del Dr. Héctor C. Guisado expone en detalle los fundamentos y propone la solución que luego fue acompañada por el Dr. Manuel P. Díez Selva ("Por análogos fundamentos adhiero al voto que antecede"), por lo que la resolución resulta por mayoría y no se registran disidencias en el acuerdo final.

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