VERA, GRISELDA LUJAN c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamo por accidente in itinere y pago de indemnización por incapacidad parcial permanente leve. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y disminuyó la condena a $1.150.550, ordenando además la distribución de costas y la regulación de honorarios conforme lo detallado.
¿Quién es el actor?
VERA, GRISELDA LUJAN.
¿A quién se demanda?
FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. (ART).
- Objeto de la demanda: reclamo por accidente de trabajo "in itinere" ocurrido el 14/08/2023 y pago de indemnización por incapacidad parcial permanente leve conforme ley de riesgos del trabajo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y disminuyó el monto de condena a $1.150.550, importe que deberá ser abonado con los intereses determinados en el párrafo III, siempre que ello no implique perjuicio para el único apelante; dejó sin efecto la imposición de costas y regulación de honorarios de primera instancia; impuso las costas de primera instancia y de alzada a la demandada; reguló honorarios en los porcentajes indicados y ordenó la aplicación de Ley 26.685 y acordadas de la CSJN para notificaciones.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"La ART demandada reconoció haber recibido la denuncia del siniestro 'in itinere' sufrido día 14/08/2023 ... En concreto, la parte no comprobó haber rechazado la denuncia del siniestro dentro del plazo de 10 días, lo que implicó la admisión del siniestro como de índole laboral."
"Corresponde calcular el ingreso base mensual de acuerdo con la pauta legal declarada aplicable al supuesto bajo análisis. 'ARTÍCULO 12.
- Ingreso Base. Establécese, respecto del cálculo del monto de las indemnizaciones ... A los fines del cálculo del valor del ingreso base se considerará el promedio mensual de todos los salarios devengados ... Los salarios mensuales tomados a fin de establecer el promedio se actualizarán mes a mes aplicándose la variación del índice RIPTE'."
"De tal modo, dado el ingreso base mensual resultante $231.172,49, la edad del accionante al momento del suceso (46 años), y la minusvalía (6,66%), la prestación dineraria ... asciende $1.150.549,64 ... En definitiva, el actor será acreedor de la suma de $1.150.550 (PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA). Dicha suma, desde la interposición del recurso (27/05/2024), devengará intereses conforme el promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a TREINTA (30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral."
- Votos: El Dr. Mario S. Fera expuso y resolvió conforme los fundamentos precedentes; el Dr. Álvaro E. Balestrini adhirió al voto que antecede. No consta disidencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: