TORRES, NATALIA ELIZABETH c/ REX ARGENTINA S.A. s/DESPIDO
La trabajadora demandó por despido directo y diferencias indemnizatorias, solicitud de certificados laborales y sanciones por retardo. El Juzgado Nacional de 1ª Instancia N°69 hizo lugar a la demanda, condenó a Rex Argentina S.A. al pago de $379.867,20 más intereses, impuso costas a la demandada y reguló honorarios.
¿Quién es el actor?
TORRES NATALIA ELIZABETH.
¿A quién se demanda?
REX ARGENTINA S.A.
- Objeto de la demanda: Despido directo; liquidación de indemnizaciones (art. 232, 233, 245 LCT, integración de mes de despido, SAC proporcional, vacaciones no gozadas, días trabajados), entrega de certificados laborales (art. 80 LCT) e incrementos previstos por ley 25.323 y ley 25.345.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda en su integridad respecto de los rubros reclamados. Se condenó a REX ARGENTINA S.A. a abonar a Torres la suma de $379.867,20 dentro del quinto día mediante depósito judicial, más intereses en la forma indicada en la sentencia; se impusieron las costas a la demandada; se ordenó la devolución al Fondo de Financiamiento de la suma correspondiente y se regularon honorarios para las partes y perito (detalle en fallo).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"encuentro que la empleadora no ha demostrado cabalmente que al momento del alta médica de la actora careciera de puestos de trabajo acordes a su capacidad laborativa... no tuvo una conducta colaborativa y diligente, acorde a las circunstancias, consistente en la adopción de medidas tendientes a reorganizar el trabajo, haciendo uso de las facultades que le otorga el art. 65 del Régimen de Contrato de Trabajo, destinadas a conservar el vínculo laboral y evitar que la trabajadora... pudiera realizar tareas como ha explicado en la demanda de barrido de vereda y que la decisión final de la empleadora le provocara la pérdida del empleo."
"por lo expuesto, cabe concluir que en la especie a la actora no le correspondía percibir la indemnización prevista por el art. 212, segundo párrafo, RCT... y que la situación debía regirse por el art. 212, tercer párrafo, RCT, por lo que al accionante le corresponde la indemnización a la que remite la mencionada normativa, que se encuentra a cargo de la demandada."
"Prosperarán las indemnizaciones previstas por los arts. 232, 233 -y su incidencia de SAC
- y el art. 245 LCT... Prosperará la remuneración por los días trabajados del mes de despido, SAC proporcional 2do semestre 2018 y Vacaciones no gozadas 2018 con SAC... corresponde hacer lugar a la demanda en esta medida."
- Cálculo y componentes condenados (transcripción):
"Los rubros e importes que diferiré a condena son: 1) Ind. por antigüedad= $183.037,44.-; 2) Ind. sustitutiva del preaviso con SAC= $49.572,64.-; 3) Integración mes de despido con SAC= $15.991,17.-; 4) Días mes de despido= $8.118,60.-; 5) SAC proporcional= $10.217,50.-; 6) Vacaciones proporcionales con SAC= $19.620,85.-; 7) Indemn. Art. 2 Ley 25.323 = $124.300,63.
- ; 8) Indem. Art 45 Ley 25.345 = $68.639,04.
- subtotal = $479.497,87.
- menos lo abonado $99.630,67.
- (art. 260 LCT) = TOTAL : $379.867,20.-"
- Intereses (transcripción):
"el monto de condena $379.867,20.
- devengará intereses desde la fecha de su exigibilidad (11.12.2018) a la tasa de interés Activa (conforme Acta 2658), incrementada en un 37,5%, los que se capitalizarán a la fecha de notificación del traslado de la demanda 05.02.2020... El monto resultante, seguirá devengando intereses a esta tasa... hasta el efectivo pago, y sin perjuicio de la oportuna aplicación, en su caso, de lo normado por el art.771 del CCCN."
- Disidencias: no se registran votos en disidencia (sentencia de una sola firma).
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