DIAZ, LAURA LEILA c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora demandó por accidente de trabajo in itinere reclamando reparación dineraria por incapacidad psicofísica y daño psicológico. El Juzgado hizo lugar a la demanda, reconoció una incapacidad laboral permanente parcial del 12,50% de la TO y condenó a Swiss Medical ART SA a pagar $23.335.559,70 más intereses, rechazando la petición adicional de pago único de la ley 26.773.
¿Quién es el actor?
Laura Leila Díaz.
¿A quién se demanda?
Swiss Medical ART S.A. (Aseguradora de Riesgos del Trabajo vinculada a Pan American Energy S.L.).
- Objeto de la demanda: Indemnización por accidente de trabajo in itinere ocurrido el 24/06/2024, por incapacidad psicofísica (física y psíquica), intereses, costas y regulación de honorarios; se impugnó además la aplicación del DNU 669/19 y se reclamó el pago único del art. 3º de la ley 26.773.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se consideró probado y aceptado el accidente in itinere; se fijó la incapacidad laboral permanente parcial y definitiva en 12,50% de la TO; se determinó el IBM en $2.384.359,08 y la prestación dineraria en $23.335.559,70; se condenó a la aseguradora al pago dentro de los plazos y con los intereses indicados; se rechazó la indemnización adicional de pago único del art. 3º de la ley 26.773; se impusieron costas a la demandada y se reguló honorarios conforme se especifica en la parte dispositiva.
- Fundamentos principales (textos transcritos literalmente):
"corresponde tener por aceptado el accidente de trabajo en los términos de la ley 24.557, de acuerdo con lo previsto en el art. 6º del decreto 717/96."
"En efecto, el perito, en su carácter de auxiliar de la justicia –que asesora al juez sobre cuestiones técnicas– por la índole de sus funciones y por su absoluta imparcialidad debe ser creído acerca de las verificaciones que dice haber practicado, en tanto se demuestre lo contrario, máxime si se tiene en cuenta que, como acontece en la causa, ninguna de las partes –reitero– impugnó las conclusiones del informe..."
"Concluyo, por ello, que con motivo del accidente in itinere que Díaz tuvo el 24/06/2024 presenta una Incapacidad Laboral Permanente Parcial y Definitiva del 12.50% de la TO, según baremo de LRT (art. 9º de la ley 26.773...)."
"Por los fundamentos expuestos corresponde declarar, en el caso, la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del decreto 669/2019 por resultar contrario al art. 99 de la Constitución Nacional."
"Por ello, con fundamento en lo expuesto, resulta que la suma debida a Díaz como consecuencia del accidente in itinere que tuvo el 24/06/2024 en concepto de la prestación dineraria prevista en el art. 14 ap. 2º inc. a) de la ley 24.557 arroja un total de $23.335.559,70 (Pesos veintitrés millones trescientos treinta y cinco mil quinientos cincuenta y nueve con setenta ctvs.)."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la sentencia es de un solo juez de instancia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: