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BUCHANAN, MATIAS c/ GALA EQUIPAMIENTOS S.A. Y OTROS s/DESPIDO

El actor demandó por despido y reclamó indemnizaciones, salarios y accesorios contra Gala Equipamientos S.A. y personas vinculadas por presunto empleador plural y pagos no registrados. El Juzgado concedió la demanda principal contra Gala Equipamientos S.A., rechazó la pretensión contra Moore y Lasarte y condenó a la empresa al pago de $2.635.120,08 más intereses y accesorios por despido sin justa causa.

Despido Indemnizacion Empleador plural Registracion salarial Retencion de tareas Art. 80 lct Intereses moratorios y compensatorios Dnu/ley emergencial (dnu 34/19) Costas Liquidacion de haberes


¿Quién es el actor?

Matías Buchanan.
- Demandados: Gala Equipamientos S.A.; Andrés José Moore; Juan Raimundo Lasarte (y se aludió en la litis a Asprandel SA y Paraguay Pork SA, que no fueron demandadas por razones procesales).
- Objeto de la demanda: indemnizaciones por despido (indemnización por antigüedad, preaviso, integración de mes de despido, salarios adeudados, SAC, vacaciones no gozadas, multas por falta de registración y otros rubros) y reconocimiento de empleador plural / pagos no registrados en dólares y comisiones.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar, en lo principal, a la demanda de Buchanan contra Gala Equipamientos S.A. y se la condenó a pagar la suma de $2.635.120,08 más los intereses dispuestos (según considerando VII). Se rechazó la acción contra Andrés José Moore y Juan Raimundo Lasarte, con costas. Se impusieron las costas al vencido en lo sustancial (Gala) y se regularon honorarios (ver parte dispositiva).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia): "Corresponde, por ello, desestimar la alegada existencia de un empleador plural, así como la pretensión interpuesta por el actor contra los Sres. Lazarte y Moore, respecto de quienes la demanda será rechazada en todas sus partes (art. 726, CCyCN, antes art. 499, CC)." "En dicha inteligencia, Buchanan resulta acreedor de las indemnizaciones aquí reclamadas con fundamento en lo previsto por los arts. 232, 233 y 245, LCT. Asimismo, en atención a los términos en que se estructuró el reclamo (arts. 34 inc. 4º y 163 inc. 6º, CPCCN), toda vez que no se acreditó en la causa su debida cancelación (arts. 138 y 125, LCT), cabe hacer lugar a lo peticionado por el actor en concepto de 'SAC adeudados (2019)'; 'SAC s/ vacaciones proporcionales'; el salario de enero 2020 y los días laborados de marzo 2020 hasta el distracto (6/03)." "Por lo expuesto, en definitiva, FALLO: 1) Hacer lugar, en lo principal, a la demanda interpuesta por MATÍAS BUCHANAN contra GALA EQUIPAMIENTOS S.A. a la cual condeno a pagar... la suma de $2.635.120,08...; 2) Rechazar la acción entablada por MATÍAS BUCHANAN contra ANDRÉS JOSÉ MOORE y JUAN RAIMUDO LASARTE, con costas en el orden causado; 3) Imponer las costas de la acción que prospera a Gala Equipamientos SA (art. 68 del CPCCN)..."
- Citas textuales importes/fechas relevantes incluidas: "percibía por recibo un salario de $72.289,15"; periodo de trabajo 6/09/2012 al 6/03/2020; montos condenados desglosados en considerando VIII y total: "$2.635.120,08"; fecha de intimación y comunicaciones 29/01/2020 y 5/03/2020; intereses moratorios desde el 17/03/2020 conforme considerando IX.
- Disidencias: no registradas en autos.

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