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ORELLANA, JOSE DEMETRIO c/ BEAUCHEF 229 S.R.L. s/DESPIDO

Demandaron por despido e inregistro laboral reclamando indemnizaciones y otros rubros; el trabajador solicitó pago de salarios, horas extras, SAC, vacaciones proporcionales, multas por falta de registro y entrega de certificado de trabajo. El Juzgado hizo lugar a la demanda en lo sustancial y condenó a Beauchef 229 SRL al pago de $9.432.307,88 más intereses, a entregar el certificado de trabajo y al pago de costas y honorarios, por haberse declarado la veracidad de los hechos alegados ante la contumacia de la demandada.

Despido Inregistro laboral Horas extras Indemnizacion Art. 80 lct Multa lne (arts. 8 y 15) Interes moratorio y compensatorio Certificacion de trabajo Lct Art. 71 lo


¿Quién es el actor?

José Demetrio Orellana.

¿A quién se demanda?

Beauchef 229 SRL.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (despido incausado/indirecto), pagos adeudados (salarios octubre y noviembre 2023), indemnizaciones (art. 245 LCT, preaviso art. 232, integración mes de despido art. 233), horas extra (al 50% y 100%), SAC 1er y 2do semestre 2023, vacaciones proporcionales 2023, días de diciembre 2023, multas por falta de registración (arts. 8 y 15 LNE), indemnización por falta de entrega de certificado (art. 80 LCT), y la entrega del certificado de trabajo.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar, en lo sustancial, a la demanda y se condenó a Beauchef 229 SRL a pagar la suma de $9.432.307,88 más los intereses dispuestos; a entregar el certificado de trabajo en cinco días desde la intimación en la etapa del art. 132 de la LO bajo apercibimiento de astreintes; a pagar costas a la demandada vencida; y se reguló el monto de honorarios de los letrados (69,9 UMA = $5.297.651,10).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): "En atención a la situación procesal en que quedó incurso la accionada Beauchef 229 SRL y la ausencia de prueba en contrario, de acuerdo con lo normado por el art. 71, 3ter. párr., LO, cabe presumir como ciertos los hechos expuestos en el escrito de inicio." "En tal sentido, cabe señalar que la mera inclusión de determinados rubros o la enunciación de una suma correspondiente a un concepto en la liquidación no es suficiente para admitir el reclamo, pues ... la parte actora tiene la carga de precisar los presupuestos de hecho de cada una de sus pretensiones..." "Sin embargo, la patronal guardó silencio (art. 57, LCT) al requerimiento del actor y tampoco accedió a lo solicitado, lo que constituyó injuria suficiente en los términos del art. 242, LCT y lo habilitó a considerarse injuriado y despedido en los términos de la epístola del 28/12/2023." "Por ello, Orellana resulta acreedor de las indemnizaciones aquí reclamadas con fundamento en lo previsto por los arts. 232, 233 y 245, LCT." "El reclamo por horas extra al 50% prospera por la suma de $712.500 ... A su vez, la pretensión por horas extra al 100% progresa por el importe de $1.330.000." "Resultará procedente el incremento previsto por el art. 2º de la ley 25.323." "Corresponde admitir la indemnización del art. 80 de la LCT." "Prosperará la multa del art. 8º de la LNE ... y ... cabe hacer lugar a la multa del art. 15, LNE." Sobre intereses: "Tras el decisorio del Alto Tribunal en la causa 'Oliva' ... aplicaré ... las Actas CNAT 2601; 2630 y 2658, las que aplicaré... toda vez que corresponde capitalizar los intereses moratorios '...desde la fecha de notificación de la demanda' (art. 770, inc. b), CCyCN)." No existen votos en disidencia consignados en la sentencia.

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