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ACOSTA, HERNAN NICOLAS c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamó indemnización por incapacidad derivada de accidente laboral ocurrido el 12/09/2023. La Cámara modificó la sentencia de grado, fijó la condena en $8.621.216,85 (con intereses desde la interposición del recurso 16/05/24 según tasa activa del BNA) y dejó sin efecto lo resuelto sobre costas y honorarios en primera instancia, regulándolos de oficio.

Accidente de trabajo Incapacidad laboral Ley 24.557 Ripte Decreto 669/19 Intereses bna Costas Honorarios Apelacion Condena pecuniaria.


¿Quién es el actor?

Acosta, Hernán Nicolás.

¿A quién se demanda?

ASOCIART ART SA (Aseguradora de Riesgos del Trabajo).
- Objeto de la demanda: Reclamo por indemnización por incapacidad laboral derivada de accidente ocurrido el 12/09/2023.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de grado y estableció el nuevo monto de condena en $8.621.216,85, que devengará intereses desde la interposición del recurso (16/05/24) y hasta la intimación judicial de pago conforme al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina, acumulándose semestralmente; dejó sin efecto lo resuelto en la instancia anterior sobre honorarios y costas y los determinó originariamente en esta alzada; impuso las costas de alzada por su orden y reguló honorarios por las tareas desarrolladas en esta Cámara en el 30% de lo que les corresponda por lo actuado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "De tal modo, en atención a esa base de cálculo, la edad del accionante al momento del suceso (31 años), y la nueva minusvalía determinada en esta alzada (6,1%), la prestación dineraria del artículo 14, inciso 2), apartado a) de la Ley 24.557 debida como consecuencia del infortunio objeto de reclamo, asciende a $8.621.216,85.
- (53 $1.059.814,74 65/31 6,1% + 20% art. 3 de la ley 26.773) siendo el resultado de la fórmula superior al piso mínimo garantizado dispuesto por la Resolución SRT
- MTEySS 39/2023 de $1.101.612,72 ($18.059.225 6,1%) vigente para el supuesto bajo análisis, por lo que estaré al primero." 2) "Dicha suma, desde la interposición del recurso (16/05/24) y hasta la fecha de la intimación judicial de pago, devengará intereses conforme el promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a TREINTA (30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral." 3) "Por lo expuesto, propongo modificar parcialmente la sentencia de grado con los alcances establecidos, dando así respuesta a los agravios de la recurrente; todo ello, dejando a salvo aquellos supuestos en los que su aplicación pudiera provocar una modificación en perjuicio de la recurrente respecto de lo resuelto en primera instancia."
- Votos y disidencias: Los Dres. Roberto C. Pompa y Alvaro E. Balestrini coincidieron en los fundamentos y el pronunciamiento adoptado; no se registra disidencia.

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