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DUARTE, EDGAR EMMANUEL c/ RECONQUISTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Reclamó el actor prestaciones dinerarias por secuelas de accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia: redujo la condena a $221.916,85 más actualización e intereses y confirmó lo resuelto sobre costas y honorarios, imponiendo las costas de alzada en el orden causado y regulando honorarios de instancia en 30% para cada letrado.

Accidente in itinere Ley 24.557 Actualizacion monetaria Intereses moratorios Inconstitucionalidad art.7 ley 23.928 Costas Honorarios Ripte Ipc Apelacion laboral


¿Quién es el actor?

Duarte, Edgar Emmanuel.

¿A quién se demanda?

Reconquista ART S.A.
- Objeto de la demanda: Prestaciones dinerarias en virtud de la ley 24.557 por secuelas derivadas de accidente "in itinere" ocurrido el 19/09/2015.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia apelada y redujo el monto de condena a la suma de $221.916,85 más actualización y los intereses indicados en los considerandos; confirmó lo decidido en materia de costas y honorarios; impuso las costas de alzada en el orden causado; y reguló los honorarios de los letrados intervinientes en el 30% de lo que, en definitiva, les corresponda percibir por su actuación en la etapa previa.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "Por el contrario, asiste razón a la recurrente en cuanto cuestiona el progreso del adicional previsto por el art. 3ro de la ley 26.773, pues aun cuando pudiera ser opinable la exclusión de los accidentes 'in itinere' del concepto de 'verdaderos' infortunios laborales ... propongo revocar este aspecto de la decisión y reducir el monto de la condena a la suma de $ $ 221.916,85." (voto del Dr. Perugini). 2) "En tal contexto, descartada la pertinencia de cualquier pauta sustitutiva de una directa actualización del crédito más el reconocimiento de los intereses moratorios correspondientes, es mi criterio que la establecida por el Poder Ejecutivo Nacional ... resulta apropiada para respetar los parámetros indicados por el Superior, razón por la cual he de proponer la modificación de la sentencia y disponer que el capital de condena sea ajustado mediante índice de precios al consumidor Nivel general elaborado por el INDEC mas una tasa de interés puro del 3% anual, sin perjuicio de la capitalización de los accesorios en los términos del art.770 inc.b) del CCyCN ..." (voto del Dr. Perugini). 3) "Por lo tanto, toda vez que no ha sido modificada la condena principal, en relación a la responsabilidad de la demandada respecto del pago de las prestaciones dinerarias en los términos de la ley 24.557, no encuentro mérito para apartarme del principio general de la derrota, por lo que propicio imponer las costas de la alzada también a cargo de la demandada vencida." (voto de la Dra. D. R. Cañal, quien, no obstante coincidir en lo principal sobre actualización e intereses, expresó disenso sobre la imposición de costas en determinados extremos y fundamentó la posición en el principio de acceso a la justicia y la tutela del trabajador).
- Disidencia relevante: la Dra. Cañal adhirió en lo principal pero sostuvo posturas más favorables al trabajador respecto de la elección de la metodología de actualización y de la tasa de interés (propuso, para consenso, interés puro del 6% anual y, en ocasiones, hasta un criterio de mayor beneficio al trabajador), y manifestó reserva respecto de la imposición de costas al actor por razones de acceso a la justicia; esa posición quedó en minoría frente al acuerdo que confirmó la imposición de costas en el orden causado.

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