Logo

MOUSIST, GRACIELA DELIA c/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora demandó a Experta ART S.A. por reconocimiento de enfermedad profesional. La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda, imponiendo costas y regulando honorarios conforme al considerando IV.

Enfermedad profesional Art Decreto 717/96 Nexo causal Carga de la prueba Rechazo del siniestro Costas Honorarios Recurso de apelacion Pericia medica


¿Quién es el actor?

Mousist Graciela Delia.

¿A quién se demanda?

Experta ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reconocimiento de enfermedad profesional (recurso Ley 27.348).

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda incoada por Mousist Graciela Delia contra Experta ART S.A.; además impuso costas y reguló honorarios conforme al considerando IV.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas relevantes): "Digo ello pues, el decreto 717/96 le otorga a las ART un plazo perentorio de diez días para expedirse sobre la aceptación de la contingencia, el cual incluso puede ser prorrogado por igual término en los supuestos en los que 'existan circunstancias objetivas que imposibiliten el conocimiento acabado de la pretensión' (art. 6, 1º párr. in fine del decreto citado)." "Tal pauta procura delimitar la gravitación que tendrá el otorgamiento de las prestaciones respecto de la aceptación de la contingencia, al establecer que el hecho de que aquéllas hayan sido brindadas antes del 'cumplimiento de los términos de aceptación o rechazo de la pretensión nunca se entenderá como aceptación de la contingencia en los casos en que proceda su rechazo.'" "Así las cosas, desconocido el carácter laboral de la dolencia de la trabajadora, era la parte actora la que tenía a su cargo demostrar tal aserto. En efecto, el principio general aplicable a los procesos de conocimiento indica que es la parte que afirma un hecho controvertido invocado como presupuesto de su pretensión, defensa o excepción quien carga con la prueba de ello (cfr. Carlos Eduardo Fenochietto, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación comentado, pág. 377, Edit. Astrea, Bs. As. 2000)." "En tal contexto, recaía en la parte actora la carga de arrimar elementos de convicción a fin de determinar la existencia de relación causal entre las tareas desarrolladas para la empleadora y las dolencias invocadas... y en ese sentido, considero que no existe prueba en autos referida a demostrar tales extremos." "En conclusión, ninguna prueba fue instada por la demandante tendiente a demostrar que las tareas desarrolladas hubieran sido realizadas en las condiciones que menciona al demandar, lo que me lleva a desestimar la queja incoada."
- Votos en disidencia o circunstancias especiales: La Dra. Silvia E. Pinto Varela no votó por encontrarse en uso de licencia; los dos votos presentes (Díez Selva y Guisado) integraron la mayoría que decidió revocar y rechazar la demanda.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar