CARUSO, CRISTIAN ADRIAN c/ DISTRIBUIDORA SILVER S.A. Y OTROS s/DESPIDO
El actor demandó por indemnizaciones y conceptos laborales derivados de despido. El Juzgado hizo lugar a la demanda contra M & S Inversiones S.A. y Distribuidora Silver S.A., condenándolas solidariamente al pago de $189.450,09 más actualización e interés y a entregar el certificado de trabajo.
¿Quién es el actor?
Caruso, Cristian Adrián.
- Demandados: Distribuidora Silver S.A. y M & S Inversiones S.A. (Equipamiento Hospitalario D.Q. S.R.L. desistida).
- Objeto de la demanda: Cobro de indemnizaciones por despido (indemnización por antigüedad, integración del mes de despido, indemnización sustitutiva de preaviso), días de febrero 2018, vacaciones adeudadas y proporcionales con S.A.C., S.A.C. proporcional, multas previstas por ley 25.323 (arts. 1 y 2), multas LCT arts. 80 y 132 bis, daño moral por falta de entrega de certificado de trabajo y entrega de certificados de trabajo. Petición de declaración de responsabilidad solidaria (art. 31 LCT).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó solidariamente a M & S Inversiones S.A. y Distribuidora Silver S.A. a pagar al actor la suma de $189.450,09 (monto que se actualizará según RIPTE desde el distracto 08/02/2018 y devengará interés del 6% anual) dentro del quinto día de aprobada la liquidación prevista en el art.132 de la L.O.; se impusieron costas a las codemandadas vencidas; se regularon honorarios y se condenó a entregar el certificado de trabajo dentro del quinto día bajo apercibimiento.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "Es una facultad exclusiva de los jueces apreciar prudencialmente si una falta o incumplimiento tiene entidad como para justificar o no la ruptura del contrato de trabajo (art. 242 L.C.T)."
2) "El examen y valoración de los elementos aportados, conforme a la sana crítica (art.386, CPCCN), revela que efectivamente el accionante ingresó a trabajar como operario dependiente de la codemandada M & S Inversiones S.A. en fecha 01/07/2014 hasta que finalmente le dieron la baja el 29/05/2017, y que estuvo registrado también como dependiente de Distribuidora Silver S.A., empresa que decidió el despido con invocación de causa del accionante para febrero del 2018."
3) "Sin embargo, la codemandada Distribuidora Silver S.A. no produjo ninguna prueba tendiente a acreditar los asertos vertidos en la misiva rescisoria... El acto u omisión que pueda generar la injuria debe revestir entidad suficiente para no dejar dudas que se trata de una falta realmente grave, que destruya definitivamente el principio de disciplina, lo que no se acreditó en estos autos."
4) Sobre la responsabilidad solidaria: "En el caso tenemos que el contrato de trabajo del demandante pasó sin solución de continuidad de una empresa a la otra, al punto que quien lo despidió, al momento de contestar demanda, desconoció la existencia misma del contrato y evidencia la inconsistencia de las defensas y la relación entre ambas demandadas. Ello aparece más bien como una cesión velada del contrato de trabajo y, aun cuando prescindiéramos del art.31 de la LCT, la conducta descripta encuadra en el art. 229 LCT y torna a M & S Inversiones S.A. en responsable solidaria junto con Distribuidora Silver SA."
5) Sobre actualización: "Por ello, corresponde actualizar el crédito que se reconoce, desde su exigibilidad y hasta la fecha de practicarse la liquidación prevista en el art. 132 de la L.O. mediante el índice RIPTE (Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables). Actualizado el valor del crédito, se aplicará una tasa de interés del 6% anual por igual período."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la decisión es unilateral del Juzgado de primera instancia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: