VEGA, ADRIAN ALFREDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor impugnó la denegatoria administrativa de incapacidad laboral por accidente del 20/07/2024 contra Provincia ART S.A. El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°33 hizo lugar al recurso de apelación, reconoció una ILPPD del 4,44% de la TO y condenó a la aseguradora al pago de $8.204.725,42 más intereses, con costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Adrián Alfredo Vega.
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso ley 27.348 contra la resolución administrativa que negó incapacidad por el accidente laboral del 20/07/2024; se reclama el reconocimiento de incapacidad y el pago de la prestación dineraria según art. 14 ap. 2) inc. a) de la LRT y la indemnización del art. 3° de la ley 26.773.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación de Vega y se condenó a Provincia ART SA a pagar la suma de $8.204.725,42 más los intereses fijados en el fallo; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios conforme se indicó.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En el aludido peritaje y sus aclaraciones a partir de la evaluación semiológica del trabajador se da cuenta que éste presenta 'cicatriz en cara dorsal a nivel inter falángica proximal' en el dedo anular de la mano derecha. El perito informó que la herida contuso cortante '...curó con secuela funcional caracterizada por la limitación funcional de la movilidad del dedo...' en articulación metacarpo-falángica: 0°-80° (VN: 90°) que le produce una merma física del 1% de la TO."
"Por otra parte, en el área psíquica, con sustento en el informe psicodiagnóstico que llevó a cabo la Lic. Miralles y el examen que llevó a cabo el propio auxiliar de justicia concluyó que Vega presenta un cuadro compatible con RVAN Grado II que le ocasiona una incapacidad del 5% de la TO en nexo causal con el accidente."
"Concluyo, por ello, que con motivo del accidente que Vega tuvo el 20/07/2024 presenta una Incapacidad Laboral Parcial Permanente y Definitiva del 4,44% de la TO, según Baremo de la ley 24.577 (art. 9º de la ley 26.773 y doct. Fallos: 342:2056; 422:1906; entre otros, ya citados)."
- Otros fundamentos relevantes (transcripción):
"En consecuencia, corresponde admitir el recurso de apelación interpuesto por el dependiente y determinar el quantum de la prestación dineraria del art. 14, ap. 2, inc. a) de la LRT e indemnización del art. 3°, ley 26.773 (cfr. Res. CNT 26 del 13/12/2021)."
"Aclaro, al respecto, que prescindo de la modificación que, a la citada norma legal, introdujo el DNU 669/19. Ello así, pues, a mi juicio, dicha norma es inconstitucional por resultar contraria al art. 99, inc. 3° de la CN y así debe ser resuelto ex officio..."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el texto; la decisión consignada en la parte dispositiva es la que resuelve.
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