ALEGRE, MIRIAN ANABEL c/ GARBARINO S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La trabajadora demandó por despido y diferencias salariales, certificación de trabajo y rubros indemnizatorios frente a Músculo Creativo Cono Sur SA y Garbarino SAICeI. El Juzgado hizo lugar a la demanda en lo sustancial y condenó solidariamente a las demandadas al pago de $227.077,15 más intereses, ordenó entrega del certificado de trabajo y costas a cargo de las accionadas, fundamentando la solidaridad por aplicación del art. 30 LCT y la existencia de remuneración inferior a la prevista en el CCT 57/89.
¿Quién es el actor?
Mirian Anabel Alegre.
- Demandados: Músculo Creativo Cono Sur SA y Garbarino SAICeI.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (indemnizaciones legales), diferencias salariales (incluido incorrecto básico y SAC), horas extra (peticionadas), entrega de certificado de trabajo, y sanciones/incrementos (art. 2 Ley 25.323 y art. 80 LCT).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar, en lo sustancial, a la demanda contra Músculo Creativo Cono Sur SA y Garbarino SAICeI, condenándolas solidariamente a pagar $227.077,15 más los intereses fijados en el considerando respectivo; se condenó a Músculo Creativo a entregar el certificado de trabajo en cinco días bajo apercibimiento de astreintes; se impusieron costas solidarias a las accionadas; y se regularon honorarios conforme lo expresado en el decisorio.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"En síntesis, corresponde hacer lugar a la indemnización del art. 80 de la LCT."
"Por ello, encontrándose reconocido y acreditado el pago de la liquidación final e indemnizaciones de ley (ver recibo en sobre de fs. 6 y fs. 49), la actora resulta acreedora de los siguientes rubros y montos: a) dif. indemnización antigüedad (art. 245, LCT): $12.872,58 ... e) diferencias salariales más SAC: $157.830,29 ... g) art. 80 de la LCT: $30.961,08, lo cual arroja un monto nominal de condena de $227.077,15 (Pesos doscientos veintisiete mil setenta y siete con quince ctvs.)."
"En suma, toda vez que no se encuentra demostrado en la causa que Garbarino SAICeI hubiera cumplido el deber de contralor que le impone el art. 30, 2do. párr., de la LCT, no cabe sino concluir que debe responder solidariamente con Músculo Creativo Cono Sur SA con frente a la dependiente."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia; la resolución es de un único juez de primera instancia.
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