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MAQUEDA MAMANI, CARMEN ROSA c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Reclamo por accidente de trabajo bajo la ley especial contra Galeno ART S.A. La Cámara modificó la sentencia de grado fijando la condena en $9.303.752,67 y confirmó lo resuelto en lo demás, dejando sin efecto la resolución sobre honorarios para regularlos de nuevo.

Accidente de trabajo Art Incapacidad laboral Ripte Intereses Liquidacion Honorarios Costas de la alzada Modificacion de condena Ley 24.557/27.348


¿Quién es el actor?

Maqueda Mamani, Carmen Rosa (trabajadora).

¿A quién se demanda?

Galeno ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trabajo (ley especial) ocurrido el 19/10/2022 y 30/11/2021 – determinación de incapacidad, liquidación indemnizatoria, intereses y honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia apelada y fijó el monto de condena en $9.303.752,67, que deberá adecuarse desde la fecha dispuesta en grado conforme a lo indicado en el considerando VI; confirmó en todo lo demás lo que fue materia de recurso y agravios; dejó sin efecto lo decidido sobre honorarios y los reguló conforme al considerando VII; impuso las costas de la alzada conforme al considerando VII.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "En consecuencia, propicio fijar el monto de condena en la suma de $9.303.752,67 ($5.555.655,67 + $3.748.097)." "En consecuencia, y en el entendimiento de que la aplicación de un ajuste por RIPTE (hasta la fecha de determinación del crédito) más un interés capitalizable posterior (a partir de la mora) resulta adecuado para preservar los valores reconocidos en la sentencia, ... propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación a practicarse en la etapa del art. 132 de la LO mediante el índice RIPTE; b) en caso de incumplimiento de la aseguradora a la orden de pago, se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina ...". "En atención al mérito e importancia de los trabajos realizados, los que comprenden tanto la instancia administrativa como judicial y de conformidad con las etapas efectivamente cumplidas, propicio regular los honorarios de primera instancia ... en $12.083.798,16 (159.44 UMA), $11.479.001,94 (151,46 UMA) y $3.915.259,74 (51,66 UMA), respectivamente ... Asimismo, sugiero imponer las costas de la alzada a la accionada, a tenor de lo resuelto (art. 68 CPCCN)".
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; ambos jueces (Díez Selva y Guisado) adhieren al mismo voto y al acuerdo que contiene las modificaciones indicadas.

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