AGUIRRE, LUIS ALBERTO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamo por prestaciones y reconocimiento de incapacidad en el marco de la Ley 27.348 (comisión médica). La Cámara confirmó la sentencia de grado rechazando los agravios del actor por falta de crítica fundada y por considerar válidos y suficientemente motivados los pronunciamientos de la Comisión Médica Jurisdiccional.
¿Quién es el actor?
AGUIRRE LUIS ALBERTO (actor apelante).
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A. (aseguradora/ART).
- Objeto de la demanda: Impugnación del dictamen de la Comisión Médica Jurisdiccional y pretensión indemnizatoria por secuelas derivadas de accidente (revisión del procedimiento y establecimiento de incapacidad).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de grado en todo lo que decide y fue materia de recurso y agravios, y reguló costas y honorarios de alzada según el considerando IV.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"III) El memorial recursivo no satisface los recaudos que exige el art. 116 de la L.O. pues el actor se limita a realizar invocaciones genéricas y a agregar argumentos en relación con el planteo subsidiario. Sin embargo, omite cuestionar mediante una crítica concreta y razonada las motivaciones esenciales del pronunciamiento."
"El dictamen de la CMJ, el cual critica el actor, se basó en los mismos hallazgos surgidos del acta de audiencia médica, como resultado de la revisación practicada por la galena de la Comisión Médica Jurisdiccional actuante, sobre la persona del propio accionante, ante la presencia de su asesor letrado, quienes suscribieron el acta respectiva en conformidad (ver folios 71/73 del oficio DEO incorporado al expediente digital). El pronunciamiento, por lo tanto, no es una nueva revisación en audiencia médica sino un dictamen basado en ella y los restantes elementos probatorios que se fueron incorporando a la tramitación, y cuya vista fue conferida a las partes."
"En síntesis, voto por: 1) Confirmar la sentencia de grado en todo lo que decide y fue materia de recurso y agravios. 2) Costas y honorarios de alzada según considerando IV."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; ambos vocales (Guisado y Diez Selva) coincidieron en confirmar la sentencia y en regular costas y honorarios.
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