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LEDESMA GABRIEL OMAR c/ FAST MAIL SRL Y OTROS s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

Demanda por accidente (acción civil) derivada de presuntas lesiones en ocasión de trabajo; la Cámara confirmó la sentencia que rechazó la demanda y, en lo pertinente, elevó los honorarios del perito a $300.000 y reguló los honorarios de la representación de la demandada en el 30% más IVA.

Accion civil Accidente Rechazo de la demanda Costas Perito ingeniero Honorarios $300.000 Honorarios letrados 30% mas iva Beneficio de gratuidad/acceso a la justicia Ley 26856 Acordada csjn 15/2013


¿Quién es el actor?

LEDESMA GABRIEL OMAR.

¿A quién se demanda?

FAST MAIL SRL y otros (aseguradora recurrente).
- Objeto de la demanda: acción civil por accidente (reclamo por incapacidad/lesiones derivadas de tareas).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia apelada en cuanto fue motivo de apelación y agravios; elevó los honorarios del perito ingeniero a $300.000; reguló los honorarios de la representación letrada de la demandada en el 30% de lo que les corresponda percibir por sus trabajos ante la instancia previa, con más el impuesto al valor agregado; y ordenó cumplir lo dispuesto en el art. 1° de la ley 26856 y la Acordada CSJN Nº 15/2013.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "La sentencia definitiva dictada a fs. 398/403, que rechazó la demanda interpuesta, suscita la queja que interpone la aseguradora a fs. 404..." "Para así decidir tuvo en cuenta que mediante auto de fecha 12/02/2021 se tuvo al actor por renuente en la producción de la prueba pericial médica y consideró que ante la carencia de prueba que respalde la incapacidad en que funda la acción el actor, correspondía sin más el rechazo de la demanda, imponiendo las costas en el orden causado..." Sobre costas y acceso a la justicia: "El citado articulado, resulta un enunciado pragmático, enfocado en la realidad, pues en materia laboral, lo contrario implicaría que los trabajadores, aun estando convencidos de que los asiste derecho para reclamar, se abstuviesen de hacerlo por temor a las consecuencias económicas. Situación ésta, contraria a la del paradigma de los de la DDHH, vigente..." Cita de la CIDH y jurisprudencia: "Esta disposición de la Convención [8.1] consagra el derecho de acceso a la justicia. De ella se desprende que los Estados no deben interponer trabas a las personas que acudan a los jueces o tribunales..." Sobre la regulación de honorarios: "Teniendo en cuenta la calidad, mérito y extensión de las tareas desplegadas, de conformidad con las pautas establecidas en las leyes aplicables al proceso, los honorarios regulados al perito ingeniero lucen reducidos por lo que propongo elevarlos a la suma de $300.000 (art. 38 de la ley 18.345, ley 21.839, 24.432, arts. 3 y 6 decreto ley 16638/57 y demás normas aplicables)." Sobre IVA: "el impuesto al valor agregado es indirecto y por lo tanto grava el consumo y no la ganancia, por lo que debe calcularse su porcentaje, que estará a cargo de quien deba retribuir la labor profesional."
- Votos: El voto de la Dra. Diana R. Cañal expone los fundamentos y propone confirmar la sentencia, elevar honorarios del perito a $300.000 y regular los honorarios de la representación en 30% más IVA; el Dr. Alejandro H. Perugini adhiere al voto que antecede. No se registran disidencias.

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