MACIA, PABLO ARIEL c/ MODUPLAK S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO
Reclamó indemnizaciones por despido, salarios e incumplimientos por no entrega de certificados de trabajo. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a MODUPLAK S.R.L. y DAL CONSTRUCCIONES S.A. a pagar $385.940,85 (a ser actualizado por RIPTE e intereses al 6% anual) y a entregar el certificado de trabajo dentro de cinco días.
¿Quién es el actor?
Pablo Ariel Macia.
- Demandadas: MODUPLAK S.R.L. y DAL CONSTRUCCIONES S.A.
- Objeto de la demanda: indemnizaciones derivadas del despido (antigüedad, preaviso, integración mes de despido), haberes impagos (salario mayo 2017 y días de junio 2017), SAC proporcional, vacaciones proporcionales, multas de las leyes 24.013 y 25.323, art. 80 LCT (entrega de certificado de trabajo) y otros rubros conexos.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a MODUPLAK S.R.L. y DAL CONSTRUCCIONES S.A. a pagar la suma de $385.940,85 dentro del quinto día de aprobada la liquidación del art. 132 L.O., suma que deberá actualizarse conforme al considerando; se impusieron costas a las codemandadas; se regularon honorarios y se condenó a entregar el certificado de trabajo previsto en el art. 80 LCT en el plazo de cinco días bajo apercibimiento de sanciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas relevantes del fallo):
"En consecuencia, en el caso no cabe sino concluir que la prestación del actor en favor de las accionadas, tuvo por causa la existencia de un contrato de trabajo (conf. art. 21, 23, 25 y 26 LCT)."
"Acreditada la existencia del vínculo laboral con las demandadas, el despido indirecto ... fue justificado (arts.242, 243, 246 y conc. de la LCT), por lo que se admiten las indemnizaciones por despido (antigüedad, preaviso e integración mes de despido)."
"Luce procedente también el reclamo fundado en el art. 80 de la L.C.T., toda vez que la intimación exigida por la norma ... se configura a los treinta días de extinguido el contrato de trabajo conforme a lo determinado por el decreto 146/01, y este recaudo se aprecia cumplido con la intimación cursada según misiva de fecha 22/08/2017 (fs. 35, cuya recepción se encuentra acreditada cfr.informe del Correo)."
"Por todo ello, disposiciones legales citadas, y demás consideraciones vertidas, FALLO: 1) Hacer lugar a la demanda incoada por Pablo Ariel Macia contra MODUPLAK S.R.L. y DAL CONSTRUCCIONES S.A. y condenarlas a pagar al actor ... $385.940,85 ... 4) Condenar, asimismo, a las codemandadas a la entrega del certificado de trabajo previsto en el art. 80 L.C.T., dentro del quinto día y bajo apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias (art. 804 del Código Civil y Comercial de la Nación)."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la decisión es de la juzgadora única de primera instancia.
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