VELARDEZ, JORGE MAURICIO c/ FARMCITY S.A. s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
El actor demandó a Farmacity S.A. por diferencias de salarios y horas nocturnas. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la acción, imponiendo las costas de Alzada y regulando honorarios de alzada en el 30% de lo que correspondiera en origen.
¿Quién es el actor?
Velardez, Jorge Mauricio (parte actora).
¿A quién se demanda?
Farmacity S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por diferencias salariales vinculadas a jornada laboral y horas nocturnas (acción por diferencias de salarios).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de grado en todo lo que fue materia de recursos y agravios; impuso las costas de Alzada por el orden causado; y reguló los honorarios de la representación y patrocinio letrado de las partes, por las labores cumplidas ante esta instancia, en el treinta por ciento (30%) de lo que les corresponda percibir por su desempeño en origen.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"En primer lugar advierto que, en su presentación, el recurrente se limita a remitirse a las constancias de la causa que, según dice, servirían para demostrar los extremos pretendidos, pero lo cierto es que basta leer la sentencia y el escrito recursivo para observar que no se hace cargo de los fundamentos expresados en el fallo anterior para rechazar el planteo inicial."
"Ello así pues, pese a que el apelante afirma que cumplió con las exigencias previstas en la mentada norma ('se consigna, textualmente, que el actor cumplía 'un horario full time' que implica la prestación normal y habitual en horas nocturnas (después de las 21) a un promedio de 55 mensuales'), lo cierto es que esa escueta referencia no rebate acabadamente los argumentos dados en la sentencia recurrida (art. 116 LO)."
"De esta forma, no se dio cabal cumplimiento a la disposición del art. 65 de la LO en cuanto exige, en su inc. 3º, designar con precisión la cosa demandada, y en el inc. 4º, esto es, explicar claramente los hechos en que se fundó..."
"En síntesis, voto por: 1) Confirmar la sentencia de grado en todo lo que ha sido materia de recursos y agravios; 2) Imponer las costas de Alzada por el orden causado; 3) Regular los honorarios de la representación y patrocinio letrado de las partes, por las labores cumplidas ante esta instancia, en el treinta por ciento (30%) de lo que les corresponda percibir por su desempeño en origen."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; ambos jueces (Pinto Varela y Guisado) adhirieron al mismo sentido decisorio.
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