BARBOZA, DOMINGO GUSMAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Trabajador demandó a la aseguradora PROVINCIA ART S.A. por incapacidad derivada de accidente laboral y reclamó indemnización por secuelas físicas y psíquicas. El Juzgado hizo lugar al recurso, modificó la resolución de la Comisión Médica Nº10 y condenó a PROVINCIA ART S.A. a pagar $6.039.494,96 por prestación dineraria, rechazando el reconocimiento de daño psíquico indemnizable pero admitiendo incapacidad física parcial del 3,14%.
¿Quién es el actor?
BARBOZA DOMINGO GUSMAN.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (PROVINCIA ART S.A.).
- Objeto de la demanda: Impugnación del dictamen administrativo de la Comisión Médica N°10 que declaró “SIN INCAPACIDAD” por accidente de trabajo del 31/10/2024; pretensión de reconocimiento de incapacidad física y daño psíquico y condena al pago de prestaciones dinerarias conforme ley de riesgos del trabajo.
¿Qué se resolvió?
Se modificó lo resuelto por la Comisión Médica Nº10 y se hizo lugar al recurso de apelación, condenando a PROVINCIA ART S.A. a pagar al actor la suma de $6.039.494,96 en concepto de prestación dineraria prevista por la L.R.T., más intereses desde el 31/10/2024; además se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios. Se reconoció incapacidad parcial y permanente total del 3,14% de la TO (1,95% por limitación del codo más 1,19% por factores de ponderación). El daño psíquico fue rechazado por no estar acreditado ni oportunamente denunciado en la vía administrativa.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) “A criterio de la Suscripta, la existencia de incapacidad física acreditada por el perito médico deriva de un informe fundado, científica y objetivamente y, además, está avalada por los estudios complementarios solicitados. Corresponde en consecuencia reconocerle plena eficacia probatoria, de acuerdo con las reglas de la sana crítica (arts. 386 y 477 del C.P.C.C.N.), atendiendo a los principios técnicos en que se funda, la idoneidad y especialidad del profesional actuante.”
2) “Disiento en cambio con la conclusión a la que arriba en cuanto a la existencia de un daño psíquico indemnizable, en tanto no se ha acreditado que el siniestro denunciado en autos acentuara los rasgos de la personalidad de base, ni se han analizado episodios de duelo, respuesta al medio, impacto laboral o que requiera de algún tipo de tratamiento medicamentoso. [...] En consecuencia, analizada la prueba a la luz de la sana crítica el recurso prosperará por la incapacidad física del 1,95% que resulta compatible con el Baremo Dto. 659/96 y la preexistencia informada; y debe adicionarse un 1,19% en concepto de factores de ponderación [...] Por lo expuesto, resulta portador de una incapacidad parcial y permanente del 3,14% de la TO.”
3) (Parte dispositiva) “FALLO: Modificar lo resuelto por la Comisión Médica Nº 10 y, en consecuencia, hacer lugar recurso planteado por BARBOZA DOMINGO GUSMAN contra PROVINCIA ART SA y condenarla a pagarle la suma de $ 6.039.494,96 [...] Imponer las costas y gastos a la parte demandada. Regular los honorarios ...”
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el pronunciamiento judicial analizado.
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