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FLORES HUANCA, LILIANA GIMENA c/ I.S.F.T.E.A. S.R.L. Y OTRO s/COBRO DE SALARIOS

La actora reclamó liquidación final, diferencias salariales y multa por certificado de trabajo contra I.S.F.T.E.A. S.R.L. y C.F.P.E.A. S.R.L. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró la existencia de un sujeto empleador pluripersonal y condenó solidariamente a ambas sociedades al pago de $111.651,98 (con actualización por RIPTE y 6% anual), rechazando la sanción del art. 80 LCT.

Trabajo Liquidacion final Diferencias salariales Adicional por antiguedad Sujeto empleador pluripersonal Art. 26 lct Inconstitucionalidad ley 25.561 (arts. 4 y 10) Actualizacion ripte Art. 80 lct Costas y honorarios.


¿Quién es el actor?

Flores Huanca, Liliana Gimena.
- Demandados: I.S.F.T.E.A. S.R.L. y C.F.P.E.A. S.R.L.
- Objeto de la demanda: cobro de liquidación final, diferencias salariales (incluyendo adicional por antigüedad y días trabajados de febrero 2020, vacaciones no gozadas y proporcionales, SAC proporcional) y multa prevista en el art. 80 LCT por no entrega de certificado de trabajo.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se condenó solidariamente a I.S.F.T.E.A. S.R.L. y C.F.P.E.A. S.R.L. a pagar a la actora $111.651,98 dentro del quinto día de aprobada la liquidación del art. 132 L.O., suma que se actualizará según lo dispuesto (RIPTE desde su exigibilidad) y devengará interés del 6% anual; se impusieron costas a las demandadas y se regularon honorarios (monto señalado en el fallo). Rechazó la sanción del art. 80 LCT por falta de intimación fehaciente.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes): "Los extremos hasta aquí apuntados evidencian que las empresas demandadas integran un sujeto empleador pluripersonal en los términos del art. 26 LCT, ejerciendo las facultades inherentes a tal carácter." "La pericia contable ... da cuenta que la actora ingresó a las órdenes de I.S.F.T.E.A. SRL el día 01/10/2009 desempeñándose ... hasta el 19/02/2020, fecha en la que renunció. Asimismo, surge también que la actora ingresó a CFPEA SRL el 04/05/2013, egresó el 07/09/2012 por renuncia y reingresó el 01/11/2013 hasta que renunció el 19/02/2022, desempeñándose como 'Secretaria Suplente', y como 'Secretaria Titular' desde marzo de 2014 hasta el cese." (valoración probatoria que respalda continuidad del vínculo y la pluralidad de empleadores). "Todo ello vulnera garantías constitucionales y me conduce a declarar en el caso de autos y frente a los elementos reseñados, la inconstitucionalidad de los arts.4 y 10 de la ley 25.561 ... Por ello, corresponde actualizar el crédito que se reconoce, desde su exigibilidad y hasta la fecha de practicarse la liquidación prevista en el art. 132 de la L.O. mediante el índice RIPTE ... Actualizado el valor del crédito, se aplicará una tasa de interés del 6% anual por igual período." Sobre la sanción del art. 80 LCT: "Corresponde el rechazo de la sanción fundada en el art. 80 LCT, puesto que ... la accionante no acreditó haber dado cumplimiento con dicha intimación."
- Disidencias: No hay voto concurrente ni disidencia consignada en el fallo.

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