AMARO, ALBA ESTER c/ RED ARGENTINA DE SALUD S.A. Y OTROS s/DESPIDO
La trabajadora demandó por despido y reclamó indemnizaciones, salarios, SAC, aportes y otros rubros derivados del vínculo. El Juzgado hizo lugar a la demanda por despido y condenó a Red Argentina de Salud S.A. a pagar $272.963,26 (a actualizar según RIPTE y con interés del 6% anual), rechazando reclamos por horas extras, sanciones por registro, reclamos por aportes y ciertos salarios por prohibición de despido.
¿Quién es el actor?
Alba Ester Amaro.
¿A quién se demanda?
Red Argentina de Salud S.A. (las codemandadas físicas fueron desistidas).
- Objeto de la demanda: indemnizaciones por despido, salarios y aguinaldos impagos, vacaciones, sanciones art. 1 y 2 Ley 25.323, DNU 34/19, art.132 bis LCT (aporte retenido), horas extras, certificados art.80 LCT y daño moral.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda por despido promovida por Amaro contra Red Argentina de Salud S.A. y se la condenó a abonar a la actora la suma de $272.963,26 (monto que deberá incrementarse conforme lo dispuesto en el considerando), impuso costas y reguló honorarios (ver monto). Se rechazaron los reclamos relativos a horas extras, sanciones por registro (art.1 Ley 25.323), sanción art.132 bis LCT y reclamos por salarios subsiguientes por aplicación de la prohibición de despido y otros rubros por insuficiente prueba o defecto formal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Tenemos entonces un incumplimiento contractual que no acarrea perjuicio concreto contemporáneo con el distracto y una deuda salarial cancelada en forma sí contemporánea con el despido indirecto que decidió la trabajadora. Las particulares circunstancias del caso que nos convoca conducen a encuadrar la valoración de los elementos en el segundo párrafo del art.9 de la LCT y me inclinan por admitir la demanda dirigida al cobro de las indemnizaciones por despido y a considerarlo justificado, no así de la sanción del art.2 de la ley 25.323 por los motivos expresados, conforme a lo normado en el segundo párrafo de esa norma."
"Respecto de la sanción del art.132 bis de la LCT se advierte ... existe un obstáculo formal: no se cumplió con la intimación que exige el dec.146/01 en el sentido de exigir al empleador que ingrese los aportes supuestamente retenidos en el plazo de 30 días corridos contados desde la recepción de dicha intimación fehaciente ya que no se indicó en forma clara y concreta cuáles habrían sido los aportes retenidos cuyo depósito se habría omitido ... Conforme ello corresponde también el rechazo del S.A.C. pretendido sobre este rubro."
"FALLO: 1) Hacer lugar a la demanda incoada por Alba Ester Amaro contra Red Argentina de Salud S.A. y condenarla a pagar a la actora, dentro del quinto día de aprobada la liquidación establecida en el art. 132 de la L.O. la suma de pesos doscientos setenta y dos mil novecientos sesenta y tres con veintiséis centavos ($272.963,26) que deberá incrementarse del modo dispuesto en el considerando respectivo; 2) Imponer las costas ..."
- Citas textuales relevantes incluidas arriba: las mismas transcripciones precedentes (véase in extenso).
- Disidencias: No constan votos en disidencia en este fallo.
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