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Incidente Nº 1 - ACTOR: BORGATA, NORBERTO DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA

Reclamó ejecución de sentencia previsional por reajustes por movilidad contra ANSeS. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia apelada, declaró inoficioso el recurso de la actora contra el decreto del 13/03/2024, confirmó la regulación de honorarios y fijó las de alzada en el 30%, imponiendo costas a la demandada vencida.

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¿Quién es el actor?

Norberto Borgata (parte actora).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de sentencia por reajustes por movilidad; aprobación de planilla ejecutiva, ejecución de la misma y regulación de honorarios (incluida pericial contable).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia apelada en cuanto fue motivo de agravios; declaró que el recurso interpuesto por la actora contra el decreto del 13/03/2024 quedó tornado inoficioso; confirmó la regulación de honorarios del representante de la actora y del perito contable; reguló los honorarios de los profesionales de la alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia; e impuso las costas de esta instancia a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): "Ahora bien, es oportuno recordar que es deber de los tribunales pronunciar sus sentencias atendiendo al estado de las cosas existentes al momento de decidir, por cuanto no es posible que los jueces resuelvan cuestiones que han devenido vacías de contenido en el curso del proceso. En efecto, habida cuenta de que lo pretendido por la actora consistía en que se acepte una fianza que consistía en el 50% de la planilla aprobada para cambiar el efecto del recurso concedido de suspensivo a devolutivo y que se prosiga con la ejecución, atento al estadio procesal en que nos encontramos, resulta inoficioso y carente de sustento cualquier pronunciamiento contra la providencia impugnada." "Las costas de esta instancia se imponen a la demandada vencida (art. 36 de la ley 27.423)." "En relación a los honorarios regulados a la representación de la parte actora, que actuó en doble carácter, tratándose en autos de la ejecución de una sentencia previsional que es susceptible de apreciación pecuniaria (art. 16 inc. a), se tiene en cuenta la planilla, practicada y aprobada, en los términos de los arts. 22 y 24 de la ley. Conforme a ello, considerando la reducción de la escala del art. 21 (art. 41), las etapas cumplidas (art. 29 inc. f), así como las labores profesionales concretamente llevadas a cabo se advierte que lo regulado se encuentra entre los porcentajes previstos en la escala arancelaria y es adecuado, correspondiendo por tanto, su confirmación." "En relación a la regulación efectuada a quién practicó la pericial contable ... Revisada la regulación, aplicando los porcentajes legales, así como la reducción del art. 41, se advierte que la suma establecida se encuentra entre los porcentajes arancelarios y es adecuada, razón por la cual corresponde su confirmación."
- Voto y acuerdo: Las Dras. Elida I. Vidal y Silvina M. Andalaf Casiello expusieron los considerandos y el Dr. Aníbal Pineda adhirió "por coincidir en lo sustancial", por lo que la resolución fue adoptada por unanimidad de la Sala B (no consta disidencia).

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