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SOSA, PAULA Y OTROS c/ ANSES s/EJECUCIÓN PREVISIONAL

Ejecución previsional promovida por Paula Sosa y otros contra ANSeS por reajustes y pago de retroactivos. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia apelada, rechazó los agravios de la demandada, confirmó la regulación de honorarios y ordenó imponer las costas de la instancia a la demandada vencida.

Ejecucion previsional Anses Retroactivos Impuesto a las ganancias Honorarios Pericia contable Costas Confirmacion de sentencia Camara federal de rosario Ley 27.423


¿Quién es el actor?

SOSA, PAULA y otros.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Ejecución previsional derivada de sentencia que incluyó planilla practicada; se reclamó aprobación de liquidación, ejecución de pago de retroactivos y regulación de honorarios profesionales y periciales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Rosario, Sala B, confirmó la sentencia apelada en todo lo que fue materia de agravios; confirmó la regulación de honorarios de la representación de la actora y del perito contable; e impuso las costas de esta instancia a la demandada vencida, conforme al art. 36 de la ley 27.423.
- Fundamentos principales (textos transcritos): "2°) Respecto al error en la liquidación en el último periodo computado, considerando el mensual 09/2009, mientras que el fallecimiento del actor ocurrió el 30/08/2009, cabe destacar que le asiste razón a la demandada en que el perito contador no debería haber computado dicho periodo, sin embargo el perjuicio que resulta del error mencionado en la liquidación es insignificante y atento al tiempo transcurrido resultaría inapropiado, un formalismo exagerado y contrario al principio de celeridad procesal ordenar a la perita contadora que reconfeccione la liquidación, por lo que se rechaza el presente agravio." "3°) En cuanto la queja que versa sobre el impuesto a las ganancias en lo que se refiere al retroactivo de capital e intereses, debe confirmarse lo dispuesto en la sentencia apelada en cuanto a declararse su inaplicabilidad, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas “García, Marta Susana c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “Dattorre, Manuel Víctor s/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, del 10 de septiembre 2020 y “Villamayor, Homero Jorge c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, del 17 de septiembre 2020 ..." "5°) Las costas de esta instancia se imponen a la demandada vencida (art. 36 de la ley 27.423)." "En relación a los honorarios regulados a la representación de la parte actora, que actuó en doble carácter, tratándose en autos de la ejecución de una sentencia previsional que es susceptible de apreciación pecuniaria (art. 16 inc. a), se tiene en cuenta la planilla, practicada y aprobada, en los términos de los arts. 22 y 24 de la ley. Conforme a ello, considerando la reducción de la escala del art. 21 (art. 41), las etapas cumplidas (art. 29 inc. f), así como las labores profesionales concretamente llevadas a cabo se advierte que lo regulado se encuentra entre los porcentajes previstos en la escala arancelaria y es adecuado, correspondiendo por tanto, su confirmación."
- Disidencia: no se registran votos en disidencia; los tres vocales coincidieron en confirmar la sentencia apelada (la Dra. Silvina M. Andalaf Casiello expresó que debería quedar exento del impuesto a las ganancias la totalidad del retroactivo, adhiriendo en lo sustancial; la Dra. Elida I. Vidal y el Dr. Aníbal Pineda coincidieron en los considerandos expuestos y votaron por confirmar).

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