Incidente Nº 2 - ACTOR: LADINO, RICARDO ALBERTO DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
Ejecución de sentencia previsional por reajuste de haberes promovida por Ladino contra ANSeS. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia apelada, ratificó la aprobación de la planilla, la inconstitucionalidad de topes y la regulación de honorarios, y condenó en las costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
LADINO, RICARDO ALBERTO.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Ejecución de sentencia por reajuste de haberes previsionales (reajuste varios) y aprobación de la planilla practicada; cuestiones sobre topes legales y aplicación del impuesto a las ganancias; regulación de honorarios y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario, Sala B, resolvió confirmar la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; confirmó la regulación de honorarios de la representación de la actora y del perito contable; reguló los honorarios de los profesionales de la alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia; e impuso las costas de esta instancia a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes):
"En cuanto al agravio de la falta de consideración del cálculo del impuesto a las ganancias, respecto de las sumas que liquiden en concepto de retroactivo derivado de reajuste de haberes previsionales, entendemos que debe confirmarse lo dispuesto en la sentencia apelada en cuanto a declararse su inaplicabilidad, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas 'García, Marta Susana c/ ANSeS s/ reajustes varios' y 'Dattorre, Manuel Víctor s/ ANSeS s/ reajustes varios', del 10 de septiembre 2020 y 'Villamayor, Homero Jorge c/ ANSeS s/ reajustes varios', del 17 de septiembre 2020..."
"En relación al planteo que versa sobre el error al no respetar las disposiciones del art. 14 ap. 2 de la Resolución 06/2009 de la SSS, corresponde rechazarlo, mantener la aprobación de la planilla que liberó el tope allí establecido y confirmar la inconstitucionalidad declarada."
"Respecto del tope máximo determinado en el inciso 3 del artículo 9 de la ley 24.463, se observa que en la totalidad del período computado la disminución en el haber jubilatorio que significaría su aplicación es mayor al 15%, razón por la cual luce acertada la liberación hecha por el experto contable en la planilla y por lo tanto habrá de confirmarse lo dispuesto por el a quo respecto a su inconstitucionalidad conforme el criterio mantenido por el máximo tribunal en el fallo 'Actis Caporale'..."
Sobre costas y honorarios: "corresponde no hacer lugar [al agravio sobre las costas] conforme lo resuelto por la Corte Suprema... por lo que se confirma la imposición de costas dispuesta en primera instancia y se imponen las de esta alzada a la demandada vencida (art. 36 de la ley 27.423)." Y respecto de honorarios: "considerando la reducción de la escala del art. 21 (art. 41), las etapas cumplidas (art. 29 inc. f), así como las labores profesionales concretamente llevadas a cabo por la representación de la parte actora, se advierte que lo regulado se encuentra entre los porcentajes previstos en la escala arancelaria y es adecuado, correspondiendo por tanto, su confirmación."
- Disidencias relevantes: No se registran votos que alteren lo resuelto por mayoría; los tres vocales (Vidal, Andalaf Casiello y Pineda) adhieren en lo sustancial y la parte resolutiva refleja el acuerdo de la Sala.
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