UGLIANO, MARIA ISABEL c/ ANSES s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora demandó a ANSES por daños y perjuicios derivados del cumplimiento extemporáneo de una sentencia de reajuste de haberes. La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó el rechazo de la demanda por falta de prueba de la ilicitud y del daño moral, pero revocó parcialmente la sentencia de grado respecto de la imposición de costas e impuso las costas de ambas instancias en el orden causado.
¿Quién es el actor?
Ugliano, María Isabel (actora).
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios (daño patrimonial y moral) por el incumplimiento o cumplimiento tardío de resoluciones que ordenaron el reajuste del haber pensionario; petición de indemnización de 27 haberes actualizados al mensual efectivo pago.
¿Qué se resolvió?
Se revocó parcialmente la sentencia de primera instancia únicamente en lo relativo a la imposición de costas y se impusieron las costas de ambas instancias en el orden causado; se confirmó el resto de la sentencia en todo lo demás (rechazo de la demanda por daños y perjuicios).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En virtud de lo expuesto, no se advierte cuáles son los presupuestos de la responsabilidad atribuida a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Responsabilidad que no ha sido fehacientemente demostrada en el presente caso, porque no se ha acreditado que ésta haya actuado fuera de sus atribuciones o límites legales, ya sea en los términos de la LRE, no configurándose una 'actuación u omisión irregular' según lo dispuesto por el artículo 3, inciso 'D' de dicha normativa, o sea porque el acto jurídico denunciado (incumplimiento del art. 22 de la LRE) resulta inidóneo para justificar el daño moral reclamado por la parte actora."
"VI) En cuanto al tercer agravio, la actora expresa una disconformidad por la imposición de costas a la actora vencida. Respecto a las mismas, he de advertir que la CSJN se ha pronunciado recientemente en los Autos 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo', (FCR 21049166/2011/CS1 sentencia del 22/06/2023, Fallos: 346:634), allí, el más Alto Tribunal, declaró la inconstitucionalidad del DNU 157/2018 ... Cabe mencionar que el citado art. 36 establece que: 'En las causas de seguridad social los honorarios se regularán sobre el monto de las prestaciones debidas. Las costas se impondrán de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en la parte general, libro 1, título II, capítulo V, con excepción de aquellos casos en que los jubilados, pensionados, afiliados o sus causahabientes resultaren vencidos, en cuyo caso se impondrán las costas en el orden causado'. Es por lo expuesto que corresponde aquí seguir el criterio sostenido por el Más Alto Tribunal y en consecuencia declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018... Por otra parte, es necesario considerar que debido a las características especiales del tema sometido al análisis judicial, el actor pudo creerse con derecho a litigar, por lo que existen razones suficientes como para apartarse del principio general imperante en materia de costas. Por ello corresponde revocar la sentencia de grado e imponer las costas de ambas instancias en el orden causado (art. 68 2do. párrafo C.P.C.C.N.)."
- Votos: Ambos jueces (Dr. Jiménez y Dr. Tazza) adhieren a la solución de confirmar el rechazo de la demanda y revocar parcialmente en lo relativo a costas; no existe disidencia.
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