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MURCIA, MANUEL ORLANDO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

Reajuste de haberes por PBU y pedidos de movilidad contra ANSeS. La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de grado, declaró inconstitucional el art. 1º de la ley 27.609 y diferenció la demostración de eventual quita para la liquidación, y confirmó el resto de la sentencia; además impuso las costas a la vencida.

Reajuste de haberes Pbu Movilidad Ley 27.609 Inconstitucionalidad Liquidacion Quita confiscatoria Anses Costas Precedentes csjn


¿Quién es el actor?

MURCIA, MANUEL ORLANDO.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales; reclamo de ajuste de la PBU (prestación básica universal) y aplicación de movilidad (ley 27.609), entre otros planteos relativos a índices, decretos y topes.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado (difieriendo para la etapa de liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria respecto del ajuste de la PBU), revocó asimismo la parte que rechazó el pedido de ajuste de movilidad, declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad al caso del art. 1º de la ley 27.609 (con arreglo a los precedentes citados), confirmó el resto de la sentencia que fue materia de apelación y condenó en costas a la parte vencida.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "I.
- REVOCAR parcialmente la sentencia del Sr Juez de grado y en consecuencia, diferir para la etapa de liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria, por quien pretende el ajuste de la PBU, de conformidad con lo dispuesto por la CSJN en el fallo, 'Quiroga' señalado precedentemente. Asimismo, REVOCAR la sentencia en cuanto rechaza el pedido de ajuste de movilidad, DECLARAR la INCONSTITUCIONALIDAD e INAPLICABILIDAD al caso de Autos, del art. 1º de la ley 27.609, de conformidad con lo resuelto en el fallo 'GIMENEZ, MIRTA NOEMI' y su aclaratoria, citados precedentemente." "II.
- CONFIRMAR EL RESTO DE LA SENTENCIA de autos en cuanto fue materia de apelación y agravio;" Además, la resolución remite sus considerandos a precedentes de la Cámara y de la CSJN para cada cuestión (por ejemplo, “QUIROGA CARLOS ALBERTO C/ANSeS S/REAJUSTES VARIOS”, “GIMENEZ, MIRTA NOEMI”, y fallos de esta Cámara como “GIANOLI, NORMA ISABEL ...” y “CIER, NILDA PILAR ...”), usando dichos precedentes para: (i) diferir el examen de eventuales topes y quitas para la liquidación; (ii) confirmar inconstitucionalidades declaradas respecto de reglamentaciones del organismo; (iii) sostener la inaplicabilidad del art. 1º de la ley 27.609 en el caso concreto.
- Votos en disidencia: No obra disidencia en la parte dispositiva final; la decisión consignada es la que acuerda la mayoría y se expresa en la parte resolutiva final.

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