SANTAGADA, JORGE HUGO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
Reajuste de haberes previsionales y movilidad de jubilado contra ANSeS; la Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de grado, declaró inconstitucional e inaplicable el art. 1º de la ley 27.609 y diferió para liquidación el tratamiento de posible merma por topes del art. 9 de la ley 24.463, confirmando el resto y imponiendo costas a la vencida.
¿Quién es el actor?
SANTAGADA, Jorge Hugo.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste de haberes previsionales (reajuste de la PBU, aplicación de índice de movilidad, recálculo por aportes autónomos, exención de impuesto a las ganancias, y otros aspectos relacionados con la actualización del haber inicial).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de grado y, en virtud de ello, diferió para la etapa de liquidación la demostración de una eventual quita o merma confiscatoria referida a la PBU; revocó la sentencia en cuanto rechazó el pedido de ajuste de movilidad, DECLARÓ la INCONSTITUCIONALIDAD e INAPLICABILIDAD al caso del art. 1º de la ley 27.609; confirmó el resto de la sentencia apelada y ordenó imponer las costas de ambas instancias a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de párrafos relevantes):
"Con ello corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC."
"Por otro lado y en relación a la pretendida aplicación de la Res. ANSeS 56/2018 y de la Res. SSS 01/2018, cabe advertir que el más Alto Tribunal se ha pronunciado recientemente en los Autos “Blanco, Lucio Orlando c/ANSeS s/ reajustes varios” CSS 42272/2012/CS1-CA1, donde dispuso, por decisión de la mayoría, declarar la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social N° 1/2018, asimismo dispone Comunicar al Congreso de la Nación el contenido de la sentencia..."
"En consecuencia, corresponde revocar y remitir a los fundamentos allí vertidos, que pasan a formar parte del presente resolutorio."
"En cuanto al agravio planteado por la parte demandada en su memorial relacionado la exención del impuesto a las ganancias, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara... por lo que corresponde rechazar el planteo efectuado por la demandada, debiendo confirmar lo decidido por el a-quo en cuanto declara exentas del impuesto a las ganancias a las retroactividades emergentes de la sentencia dictada en autos."
- Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia en el bloque resolutorio final; la decisión consignada en la parte resolutiva es la que integra la mayoría y prevalece sobre cualquier propuesta individual.
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