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LARROUDE, ADRIANA CARMEN PATRICIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajuste de jubilación por PBU y constitucionalidad de normas de movilidad. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia para posponer a la liquidación la demostración de una eventual quita o merma confiscatoria conforme al precedente Quiroga, y confirmó el resto de la sentencia apelada, imponiendo las costas a la parte vencida.

Reajuste de haberes Pbu Quiroga Inconstitucionalidad Movilidad previsional Ley 24.241 Ley 27.426 Liquidacion Costas Anses


¿Quién es el actor?

LARROUDE, ADRIANA CARMEN PATRICIA.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios de haberes previsionales, con especial énfasis en el reajuste de la PBU (prestación básica universal) y planteos de inconstitucionalidad de normas y decretos vinculados a la movilidad y topes previsionales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado para diferir hasta la etapa de liquidación "la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria, por quien pretende el ajuste de la PBU, de conformidad con lo dispuesto por la CSJN en el fallo, 'Quiroga'"; confirmó el resto de la sentencia en cuanto fue materia de apelación y agravio; e impuso las costas de ambas instancias a la parte vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "III.
- En relación a los agravios vinculados con el reajuste de la PBU, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: 'GIANOLI, NORMA ISABEL c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES', ... por lo que corresponde revocar en cuanto anticipa el índice a considerar, el cual deberá evaluarse al momento de practicar liquidación." "VI.
- En cuanto a los agravios relacionados con el tratamiento de inconstitucionalidad de los arts. 9, 25, 26 de la ley 24.241 y 9 de la ley 24.463, normas que establecen un sistema de topes a los haberes previsionales, corresponde diferir su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia." "Por ello, éste Tribunal RESUELVE: I.
- REVOCAR parcialmente la sentencia del Sr Juez de grado y en consecuencia, diferir para la etapa de liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria, por quien pretende el ajuste de la PBU, de conformidad con lo dispuesto por la CSJN en el fallo, 'Quiroga' señalado precedentemente; II.
- CONFIRMAR EL RESTO DE LA SENTENCIA de autos en cuanto fue materia de apelación y agravio; III.
- IMPONER las costas de ambas instancias a la vencida (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el resolutorio final.

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