CHARRUA, GABRIELA PAOLA c/ CENCOSUD S.A. s/ORDINARIO
La actora y profesionales reclamaron honorarios y la inaplicabilidad del artículo 730 del CCyCN por afectar su derecho de propiedad. La Cámara Comercial Sala F hizo lugar a las apelaciones y declaró la inconstitucionalidad del art. 730 CCyCN, exceptuando su aplicación a los honorarios asignados a la Dra. Wallace, al Dr. Kloster, la contadora Nunes y la mediadora Darriba.
¿Quién es el actor?
Gabriela Paola Charrua (actora del expediente).
¿A quién se demanda?
Cencosud S.A. (demandada en el proceso principal).
- Objeto de la demanda: controversia por condena en costas y la aplicación del prorrateo previsto en el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación sobre honorarios profesionales y estipendios, incluyendo honorarios de mediador y perito.
¿Qué se resolvió?
Se estimaron los recursos de apelación y se revocó el decisorio de grado para declarar la inconstitucionalidad del art. 730 CCyCN y excluir su aplicación, en el caso concreto, respecto de los estipendios asignados a la Dra. Wallace, al Dr. Kloster, a la contadora Nunes y a la mediadora Darriba. Las costas se distribuyen en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"El pronunciamiento definitivo dictado en esta sede a fs. 174/183 se hizo inequívoca alusión al ordenamiento consumeril (Ley 24.240). A partir de tal concepción, gravita inevitablemente en la temática a decidir la incidencia que trae la regulación en materia de consumo y más precisamente de las previsiones que regulan la temática relativa generada a los gastos en este tipo de procesos (art. 53 LDC)."
"En tal entendimiento, y en pos del acatamiento que exige tal directriz (art. 303 CCyCN) resulta que la apelante no puede perseguir el cobro del remanente de sus estipendios a su cliente (actora) dado el beneficio de justicia gratuita que le asiste en razón de su carácter de consumidora (cfr. esta Sala, 25/08/2023, 'Ledesma, Rosa del Carmen c/Espasa S.A y otro s/ordinario', expte n° 6786/2016 y juris. allí citada)."
"A juicio de los firmantes queda evidentemente plasmada la afectación del derecho de la Dra. Wallace a percibir la retribución por su trabajo, conculcándose su derecho de propiedad y de remuneración del trabajo tutelado en los arts. 17 y 14 bis de nuestra Carta Magna."
"De modo que, siguiendo el temperamento propiciado por la Sra. Fiscal General, corresponderá declarar la inconstitucionalidad del art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación para excluir su aplicación a los honorarios asignados tanto a la letrada de la actora (recurrente) como a los aquellos afectados por la resolución puesta en crisis, en virtud de los fundamentos novedosos aportados que no han sido objeto de evaluación previa por el Alto Tribunal y que habilitan modificar la posición sentada en los precedentes mencionados (arg. doctrina Fallos 303:1770)."
- Disidencias: No consta voto en disidencia en el bloque resolutorio; la decisión que obliga es la parte resolutiva mayoritaria transcripta.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: