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CHARRUA, GABRIELA PAOLA c/ CENCOSUD S.A. s/ORDINARIO

La actora y profesionales reclamaron honorarios y la inaplicabilidad del artículo 730 del CCyCN por afectar su derecho de propiedad. La Cámara Comercial Sala F hizo lugar a las apelaciones y declaró la inconstitucionalidad del art. 730 CCyCN, exceptuando su aplicación a los honorarios asignados a la Dra. Wallace, al Dr. Kloster, la contadora Nunes y la mediadora Darriba.

Honorarios Prorrateo Art. 730 ccycn Inconstitucionalidad Consumidor Ley 24.240 Justicia gratuita Derecho de propiedad Mediacion Costas


¿Quién es el actor?

Gabriela Paola Charrua (actora del expediente).

¿A quién se demanda?

Cencosud S.A. (demandada en el proceso principal).
- Objeto de la demanda: controversia por condena en costas y la aplicación del prorrateo previsto en el art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación sobre honorarios profesionales y estipendios, incluyendo honorarios de mediador y perito.

¿Qué se resolvió?

Se estimaron los recursos de apelación y se revocó el decisorio de grado para declarar la inconstitucionalidad del art. 730 CCyCN y excluir su aplicación, en el caso concreto, respecto de los estipendios asignados a la Dra. Wallace, al Dr. Kloster, a la contadora Nunes y a la mediadora Darriba. Las costas se distribuyen en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "El pronunciamiento definitivo dictado en esta sede a fs. 174/183 se hizo inequívoca alusión al ordenamiento consumeril (Ley 24.240). A partir de tal concepción, gravita inevitablemente en la temática a decidir la incidencia que trae la regulación en materia de consumo y más precisamente de las previsiones que regulan la temática relativa generada a los gastos en este tipo de procesos (art. 53 LDC)." "En tal entendimiento, y en pos del acatamiento que exige tal directriz (art. 303 CCyCN) resulta que la apelante no puede perseguir el cobro del remanente de sus estipendios a su cliente (actora) dado el beneficio de justicia gratuita que le asiste en razón de su carácter de consumidora (cfr. esta Sala, 25/08/2023, 'Ledesma, Rosa del Carmen c/Espasa S.A y otro s/ordinario', expte n° 6786/2016 y juris. allí citada)." "A juicio de los firmantes queda evidentemente plasmada la afectación del derecho de la Dra. Wallace a percibir la retribución por su trabajo, conculcándose su derecho de propiedad y de remuneración del trabajo tutelado en los arts. 17 y 14 bis de nuestra Carta Magna." "De modo que, siguiendo el temperamento propiciado por la Sra. Fiscal General, corresponderá declarar la inconstitucionalidad del art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación para excluir su aplicación a los honorarios asignados tanto a la letrada de la actora (recurrente) como a los aquellos afectados por la resolución puesta en crisis, en virtud de los fundamentos novedosos aportados que no han sido objeto de evaluación previa por el Alto Tribunal y que habilitan modificar la posición sentada en los precedentes mencionados (arg. doctrina Fallos 303:1770)."
- Disidencias: No consta voto en disidencia en el bloque resolutorio; la decisión que obliga es la parte resolutiva mayoritaria transcripta.

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