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CUGINO CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSeS solicitando el reajuste de su jubilación conforme la ley 24.241 y la reparación por la falta de actualización de la PBU y componentes del haber inicial. El Juzgado Federal hizo lugar parcial a la demanda, rechazó la prescripción, ordenó el recálculo del haber y el pago de retroactivos conforme las pautas fijadas y diferió la regulación de honorarios.

Anses Pbu Ley 24.241 Recalculo de haber Merma/porcentaje de confiscatoriedad Ley 27.609 Prescripcion (art. 82 ley 18.037) Movilidad previsional Retroactivos Topes legales


¿Quién es el actor?

Cugino Carlos Alberto.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes y diferencias de haberes de jubilación al amparo de la ley 24.241 (revisión del cálculo del haber inicial, aplicación de índices para actualizar remuneraciones, verificación de merma/confiscatoriedad y aplicación de topes y movilidad). Reserva del caso federal.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se rechazó la defensa de prescripción invocada por ANSeS; se ordenó recalcular el haber y abonar los retroactivos resultantes conforme las pautas del decisorio dentro de los 120 días de firmeza de la sentencia; se impusieron las costas en el orden causado; y se diferió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): "los jueces no están obligados a ponderar una por una y exhaustivamente todas las constancias de la causa, sino sólo aquellas que estimen conducentes para fundar sus conclusiones (Fallos, 311:571) y para la correcta solución del litigio (311:836), y tampoco están obligados a tratar todas las cuestiones propuestas por las partes ni analizar los argumentos utilizados que a su juicio no sean decisivos (301:970 y 311:1191)". Sobre la metodología y valoración de la merma: "a fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.S.J.N. in re 'Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' ... corresponde utilizar la siguiente metodología de cálculo: 1) en primer lugar, establecer la diferencia entre la PBU reajustada y la PBU de Caja = Merma Cuantificada ('M.C'); 2) la 'Merma Cuantificada' se la multiplica x 100; y –finalmente
- 3) El resultado de la cuenta anterior se divide por el Haber Inicial Reajustado según Sentencia ('HIRS'); a saber: PBU caja + PC reajustada + PAP reajustada = Porcentaje de confiscatoriedad = ('M.C' x 100 % 'HIRS')." Sobre la competencia legislativa y aplicación de índices: "En consecuencia, atendiendo a la fecha de adquisición del derecho, y toda vez que el Congreso de la Nación ha dispuesto en forma específica el índice que corresponde aplicar para la actualización de las remuneraciones correspondientes (conf. art. 4 de la ley 27.609), procede desestimar el reclamo ejercido sobre el punto. Ello por cuanto, la parte actora no adquirió el derecho a la aplicación de una determinada doctrina o de un determinado índice, sino que, al cese, le corresponde que su haber previsional se calcule con la actualización de las remuneraciones que prevé la normativa vigente a la fecha en que adquirió el derecho." Sobre la constitucionalidad de las leyes de movilidad y medidas de emergencia: "la ley 27.426 ... no vulneró un derecho adquirido por los beneficiarios pues, para ese entonces, el derecho a obtener o percibir el aumento de la ley anterior aún no había nacido ..."; y "la ley impugnada no comporta una manifiesta afectación del derecho a la movilidad garantizado por normas de rango constitucional."
- Disidencias: No consta voto en disidencia en el decisorio; se aplicó la resolución del juez de primera instancia como fallo final.

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