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MARKOWICZ, FRANCISCO c/ BAY, FRANCISCO ARMANDO s/COBRO DE APOR. O CONTRIB.

Reclamó un trabajador el pago de aportes no registrados y la indemnización del art. 80 LCT por falta de registración laboral. El Juzgado rechazó en todas sus partes la demanda por carecer el actor de legitimación para reclamar las contribuciones y porque el art. 80 LCT quedó derogado por la ley 27.742.

Trabajo no registrado Aportes Contribuciones Legitimacion activa Art. 80 lct Ley 27.742 Arca/afip Costas Honorarios Juzgado nacional de trabajo


¿Quién es el actor?

Francisco Markowicz.

¿A quién se demanda?

Francisco Armando Bay.
- Objeto de la demanda: cobro de “aportes no formalizados a organismos por parte del empleador” y la indemnización prevista en el art. 80 LCT (más intereses y costas); se alegó trabajo no registrado desde el 10/08/2022 con remuneración mensual de $35.000 y término del vínculo mediante acuerdo de fecha 23/06/2025 con pago de $1.000.000.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó, en todas sus partes, la demanda de Markowicz contra Bay; se impusieron las costas por su orden; se librará oficio a ARCA (ex AFIP) conforme art. 46 ley 25.345; y se regularon honorarios de la actora en 4,25 UMA ($371.203,50). Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
- “En atención a la situación procesal en que quedó incurso Francisco Armando Bay y la ausencia de prueba en contrario, de acuerdo con lo normado por el art. 71, 3ter. párr., LO, cabe presumir como ciertos los hechos expuestos en el escrito de inicio. ... El solo hecho de que el demandado esté incurso en rebeldía no es suficiente, por sí solo, para el progreso de la acción, si de las circunstancias fácticas descriptas en el escrito inicial no surge su justificación en derecho.”
- “Por ello, ante la ausencia de elemento que controvierta los hechos alegados en el inicio y la evidencia que arroja la instrumental de fs. 8/432, págs. 5/417 -reconocida en forma ficta, art. 82, inc. a), LO
- cabe tener por cierto que, el 10/08/2022, Markowicz comenzó a prestar tareas en beneficio de Bay ... por las que percibía un salario mensual de $35.000. ... Por idénticos fundamentos, tengo por reconocido que Bay no registró el contrato y que éste se extinguió el 23/06/2025 mediante la suscripción de un ‘acuerdo’ -cuya validez no fue cuestionada
- con motivo del cual el actor percibió la suma de $1.000.000 (ver fs. 8/432, págs. 421/425).”
- “No tendrá favorable recepción la indemnización del art. 80, LCT -texto según arts. 45, ley 25.345-, pues, a la época en que se perfeccionó el distracto -v.gr. 23/06/2025-, ya estaba vigente la ley 27.742 (BO. 8/07/2024) que, en su art. 99, derogó tal precepto normativo.”
- “Tampoco admitiré lo peticionado por Markowicz en concepto de ‘aportes no formalizados a organismos por parte del empleador’. ... cabe colegir que carece de legitimación activa para peticionar como lo hace.”
- “En este sentido, la jurisprudencia de la Excma. Cámara ha sostenido ... que es la Dirección General Impositiva (DGI), perteneciente a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) la encargada de aplicar, recaudar, fiscalizar y ejecutar judicialmente los recursos de la seguridad social ... Desde este enfoque, este aspecto de la pretensión también debe ser rechazada.” No hubo votos en disidencia en el expediente; la resolución es la decisión del juez de primera instancia.

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