SCHILLING, JONATHAN EZEQUIEL c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó prestaciones dinerarias por accidentes de trabajo derivados de siniestros de marzo y julio de 2016. El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°65 hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la ART a pagar $207.688,18 por incapacidad física (8,7% TO), rechazando la indemnización por daño psíquico y rechazando la aplicación del RIPTE a la fórmula del art. 14.2.a LRT.
¿Quién es el actor?
Sr. Schilling Jonathan Ezequiel.
¿A quién se demanda?
Federación Patronal Seguros S.A. (ART).
- Objeto de la demanda: Reclamo de prestaciones dinerarias por accidentes de trabajo (Ley 24.557) por siniestro del 21/03/2016 (lumbalgia/post-esfuerzo y pinzamiento lumbar) y siniestro de julio/2016 (hernia inguinal izquierda). Se solicitó además reconocimiento de incapacidad psicológica y se cuestionaron normas de la LRT (inconstitucionalidad) y la aplicación del RIPTE.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda parcialmente: se condenó a la ART a pagar $207.688,18 en concepto de prestación dineraria prevista por la LRT por la secuela física derivada del siniestro del 21/03/2016, dentro del quinto día de aprobada la liquidación, imponiéndose las costas a la demandada y regulándose honorarios. Se rechazó la pretensión indemnizatoria por daño psíquico y no se admitió responsabilidad por las secuelas del siniestro de julio/2016; asimismo se rechazó la aplicación del índice RIPTE a la fórmula del art. 14.2.a).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
1) Sobre la eficacia probatoria de la pericia médica y acreditación de incapacidad física: "A criterio de la Suscripta, la labor del perito médico se refleja en un informe fundado, científica y objetivamente y, además, está avalada por los estudios complementarios solicitados. Corresponde en consecuencia reconocerle plena eficacia probatoria, de acuerdo con las reglas de la sana crítica (arts. 386 y 477 del C.P.C.C.N.), atendiendo a los principios técnicos en que se funda, la idoneidad y especialidad del profesional actuante." (Considerando II).
2) Sobre la aceptación tácita de la ART respecto del siniestro de 21/3/2016: "resulta de plena aplicación lo establecido por el art. 6º del Dec. 717/96 en cuanto dispone que 'el silencio de la Aseguradora se entenderá como aceptación de la pretensión transcurridos diez (10) días de recibida la denuncia'... Dicha aquiescencia... importa consentir el alegado carácter laboral del hecho... circunstancia que –a su vez– naturalmente se traduce en la dispensa del deber probatorio, dentro del debate judicial, de los presupuestos fácticos y jurídicos de la denuncia formulada." (Considerando II).
3) Sobre el daño psíquico y su rechazo: "En consecuencia, analizada la prueba a la luz de la sana crítica y no encontrándose acreditado el extremo fáctico esencial para la admisión del reclamo resarcitorio del daño psíquico, habré de rechazar ese segmento del reclamo (arg. art. 726 del Código Civil y Comercial)..." y "no parece razonable concluir que los sucesos de autos ... hubiesen impactado en la esfera psíquica del trabajador de modo de ocasionar algún tipo de secuela psíquica de carácter irreversible en nexo de causalidad adecuado en el marco de la ley 24.557, por lo que la eventual afección detectada podría deberse a factores distintos de los vinculados a los accidentes..." (Considerando II).
4) Sobre la imputación del porcentaje final y cálculo: el perito consignó "Total de incapacidad: 20,7%."; la jueza concluye y fija la incapacidad reconocida en "8,7% de la TO", adicionando factores de ponderación (dificultad para la tarea 0,7% y edad 1%) y explicando la metodología conforme Dto. 659/96.
5) Cálculo indemnizatorio y suma condenada: "Teniendo el informe de la página web de la A.F.I.P. ... resulta un IBM de $ 12.732,70. Así, considerando el IBM obtenido, el grado de incapacidad física determinada (8,7%) y el coeficiente de edad aplicable (65/22 años = 2,95) la indemnización ... asciende a la suma de $ 173.073,49 ... A dicha suma, además, deberá adicionársele la de $ 34.614,69 conforme lo normado por el art. 3 de la Ley 26.773 ... FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS SA deberá abonar ... la suma de $ 207.688,18 ... en concepto de prestación dineraria prevista por la L.R.T." (Considerando IV).
- Disidencias/relevantes en minoría: no hubo votación colegiada; se trata de sentencia de grado dictada por la jueza titular, sin votos en disidencia.
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