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SANCHEZ, CEFERINO ORLANDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor demandó por accidente de trabajo contra Provincia ART S.A. reclamando indemnización por incapacidad derivada de accidente ocurrido el 1/9/2021. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, salvo que aumentó los honorarios del perito médico y de la representación letrada del actor, e impuso costas y honorarios de alzada conforme a lo previsto.

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¿Quién es el actor?

SÁNCHEZ, CEFERINO ORLANDO (trabajador demandante).

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trabajo (accidente del 1/9/2021) con determinación de incapacidad y liquidación indemnizatoria.

¿Qué se resolvió?

La Cámara resolvió confirmar la sentencia apelada en todo aquello que fue materia de recurso y agravios, con la salvedad de que elevó los honorarios asignados al perito médico y a la representación letrada de la parte actora conforme al Considerando V; además impuso costas y honorarios de alzada conforme al Considerando VI.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "V. Por su parte, el perito médico y el abogado del actor, por derecho propio, cuestionan sus emolumentos por insuficientes (ver presentaciones de fechas 28/11 y 1/12/2025, respectivamente). De acuerdo a la calidad y extensión de las labores desarrolladas y las pautas arancelarias vigentes, los estipendios regulados a la representación letrada de la parte actora -únicamente patrocinante
- y el perito médico lucen exiguos, por lo que propicio fijarlos en la suma $7.757.121,90 (91,30 UMA) y $2.721.364,89 (32,03UMA), respectivamente (art. 38 LO, ley 24.432 y ley 27.423, valor UMA a la fecha del pronunciamiento anterior)." "VI. Las costas de Alzada, a tenor de lo resuelto, sugiero que se impongan por el orden causado (art. 68 2° párrafo CPCCN), y con arreglo a lo establecido en el art. 30 de la ley 27.423, corresponde fijar los honorarios de los profesionales intervinientes, por sus labores en esta etapa en el 30% de aquello que le corresponde a cada uno de ellos por lo actuado en la instancia anterior."
- Votos: El Dr. Manuel P. Díez Selva votó proponiendo confirmar la sentencia apelada excepto en lo relativo a los honorarios del perito médico y la representación letrada, y el Dr. Héctor C. Guisado adhirió. No consta disidencia.

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