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GONZALEZ, LORENA CAROLINA c/ INDUMENTARIA MAKER S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido contra Indumentaria Maker S.A. y otros reclamando indemnizaciones, actualización de capital y costas. La Cámara de Apelaciones hizo lugar parcialmente al recurso: modificó la adecuación del capital y el régimen de costas respecto de Marta Ester Fabrizio y Cencosud S.A., diferió honorarios y ordenó imposición de costas y regulación de honorarios de alzada.

Despido Indemnizacion Actualizacion del credito Ley de modernizacion laboral art.55 Bcra comunicado 14290/91 Cencosud Costas Honorarios Solidaridad Responsabilidad de personas humanas


¿Quién es el actor?

Lorena Carolina González (actora).
- Demandados: Indumentaria Maker S.A., Day Up S.A., María/Marta Ester Fabrizio (personas humanas codemandadas) y Cencosud S.A., entre otros.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido y conceptos indemnizatorios (liquidación final, diferencias salariales por incorrecta categorización, indemnizaciones previstas por arts. 2 Ley 25.323 y arts. 80, 232, 233 y 245 LCT), plus actualización del crédito, costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado en cuanto a la adecuación del capital (forma de actualización indicada en considerandos) y el régimen de costas respecto de la acción dirigida contra Marta Ester Fabrizio y Cencosud S.A.; diferió el tratamiento de los agravios relativos a los honorarios hasta que exista liquidación firme; e impuso las costas y reguló los honorarios ante la alzada conforme lo indicado en los considerandos.
- Fundamentos principales (extractos textuales relevantes): "Por ende, sugiero modificar lo decidido en este aspecto e imponer las costas por el rechazo de la acción contra la Sra. FABRIZIO y CENCOSUD S.A., en el orden causado." "En consecuencia, propicio modificar la sentencia de grado respecto de la adecuación del crédito, que debería calcularse, en principio, desde que cada suma sea debida, con 'la tasa pasiva determinada por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA)', que sería la prevista en el Comunicado BCRA Nº 14290/91... Ahora bien, el monto que resulte de esa tasa no podrá ser superior al que resulte de aplicar el IPC más un 3% de interés anual, ni inferior al que resulte de aplicar el 67% de ese método. Estas operaciones matemáticas se efectuarán al practicarse la liquidación (art. 132 de la L.O.)." Asimismo, el voto explica la aplicación del art. 55 de la Ley de Modernización Laboral como norma de orden público aplicable de oficio para actualizar créditos laborales pendientes.
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia; los dos votos adjuntos adhieren al mismo acuerdo.

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