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NUÑEZ, GRACIELA DEL CARMEN c/ GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES s/JUICIO SUMARISIMO

Reclamó nulidad de la cesantía por vulneración de tutela sindical y daños. El Juzgado declaró la nulidad de la Resolución RESOL-2023-2738-GCABA-SSGRH, confirmó la reincorporación provisoria como definitiva, condenó al GCABA al pago de $800.000 por daño moral y aplicó multa de $1.500.000 por práctica desleal.

Despido nulo Tutela gremial Ley 23.551 Practica desleal Dano moral Reincorporacion Multa Salarios caidos (no adeudados) Intereses art.55 ley 27.802 Costas y honorarios


¿Quién es el actor?

Graciela del Carmen Núñez.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Objeto de la demanda: Declaración de nulidad de la resolución de cesantía RESOL-2023-2738-GCABA-SSGRH (21.11.2023), reincorporación en su puesto, sanción por práctica desleal y reparación por daño material y moral.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se declaró nula la resolución de cesantía del 21.11.2023 y se transformó en definitiva la reincorporación provisoria dispuesta el 28.02.2024; se condenó al GCABA a pagar $800.000 por daño moral (más intereses conforme Considerando VII); se admitió la querella por práctica desleal y se impuso al GCABA una multa de $1.500.000; costas a la parte demandada; se regularon honorarios y los del perito.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "De tales condiciones, habida cuenta que la accionada no ha demostrado que la decisión de no registrar a la demandante como persona asistida de derecho a la tutela sindical establecida por los arts. 48 y 52 de la ley 23.551 resultara ajustada a derecho, ni que hubiera tramitado la impugnación de su designación como vocal titular de la Junta Interna de A.T.E., no cabe más que concluir que tal decisión unilateral careció de implicancia sobre la representación gremial de la demandante, quien al momento de disponerse la cesantía se hallaba asistido de la protección que confería su cargo, a la vez que ha quedado demostrado que la actora también resultó ser Congresal ante la CTA A, y toda vez que no se obtuvo previamente resolución judicial que la excluyera de la garantía correspondiente, no cabe más que declarar la nulidad de la Resolución RESOL-2023-2738-GCABA-SSGRH dictada el 21.11.2023 y transformar en definitiva la reincorporación provisoria dispuesta mediante resolución del 28.02.2024..." (Considerando II). "Se ha definido al daño moral como la lesión en los sentimientos que determina dolor o sufrimientos físicos, inquietud espiritual o agravio a las afecciones legítimas... Sobre la base de tales consideraciones, estimo equitativo fijar el importe de la reparación por daño moral en la suma de $ 800.000 a valores de la fecha del distracto." (Considerando V). "Como puede apreciarse y conforme lo expuesto precedentemente, la cesantía dispuesta con relación a la demandante encuadra en la previsión normativa, ya que la actor era una representante sindical que gozaba de estabilidad, por lo que corresponde admitir la pretensión punitiva deducida... encuentro razonable fijar el importe de la multa por práctica desleal en la suma de $ 1.500.000 a valores actuales." (Considerando VI).
- Disidencias: No registra votos en disidencia; la decisión es única y de firme pronunciamiento de este Juzgado.

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