Logo

MARILEO, MONICA VALERIA c/ GALENO SEGUROS S.A. s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

Actora demandó por diferencias salariales y reclamo por modificación del esquema de comisiones y falta de pago de básicos y adicionales. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda y dispuso costas y honorarios conforme a los considerandos V y VI, imponiendo costas de Alzada por su orden y elevando honorarios de la apelación según lo indicado.

Diferencias salariales Comisiones Costas Honorarios Cpccn art. 68 Umas Apelacion Confirmacion Trabajador Galeno seguros


¿Quién es el actor?

MONICA VALERIA MARILEO (actora).

¿A quién se demanda?

GALENO SEGUROS S.A.
- Objeto de la demanda: reclamo de diferencias salariales por modificación del esquema de comisiones y falta de pago de básicos y adicionales de convenio.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el pronunciamiento apelado en todo lo que fue materia de recurso y agravios, y fijó costas y honorarios conforme a los Considerandos V y VI del fallo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "III) La parte demandada se queja de la imposición de costas por su orden (pto. I), pero considero que la queja en estudio no podrá prosperar. En efecto, en función del art. 68 2ª parte del CPCCN, la doctrina ha entendido que las cuestiones que pueden dar lugar a la eximición de costas, son fundamentalmente de dos tipos: cuestiones dudosas de derecho o cuestiones dudosas de hecho. ... observo que de las constancias de la causa fue la parte actora solicitó las diferencias salariales que, entendía, se habían devengado en razón de una modificación en el esquema de comisiones y en la falta de pago de los básicos y los adicionales de convenio (v. presentación del 07/02/2023), por lo que la reclamante pudo considerarse con derecho a entablar la acción contra la demandada en la forma en la que lo hizo." "IV) La parte demandada cuestiona sus honorarios por considerarlos reducidos (pto. II). Ahora bien, teniendo en cuenta la extensión y la calidad de las labores desplegadas en dicha instancia y la normativa vigente aplicable, a mi juicio lucen reducidos, por lo que sugiero elevarlos a 150 UMAS (art. 58 de la ley 27.423, art. 1255 CCyCN), dando respuesta, así, al cuestionamiento vertido al respecto." "V) En atención a las particularidades de autos, las costas de Alzada sugiero imponerlas por su orden (cfr. art. 68 del CPCCN); fijando los honorarios de los letrados de las partes, por sus labores en este tramo recursivo, en el 30% de lo que cada uno deba percibir por las tareas de la anterior instancia, en orden a la importancia y extensión de los trabajos efectuados (arts. 38 LO y 30 de la ley 27.423 y art. 1255 CCyCN)."
- Votos: El voto de la Dra. Pinto Varela expone los considerandos y propuso confirmar y acomodar honorarios; el Dr. Diez Selva adhirió al voto. No hubo disidencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar