FERNANDEZ, MARCELO FABIAN P/SI Y EN REPRES. DE FERNANDEZ MARCELO FABIAN c/ SINCLAIR SEGURIDAD PRIVADA S.R.L. s/DESPIDO
Marcelo Fabián Fernández apeló la sentencia por despido contra Sinclair Seguridad Privada S.R.L. La Cámara confirmó la sentencia apelada en todo lo objetado, salvo que fijó los honorarios del perito contador en 8 UMA y ordenó costas y honorarios de alzada conforme al considerando V.
Actor: Fernández, Marcelo Fabián. Demandado: Sinclair Seguridad Privada S.R.L. Objeto de la demanda: Acción por despido.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia recurrida en todo cuanto fue objeto de apelación y agravios, con la excepción de los honorarios del perito contador, que se fijaron en 8 UMA; asimismo ordenó costas y honorarios de alzada conforme al considerando V.
Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"II
- En rigor, no se observa un agravio concreto en el primero de los cuestionamientos formulados por la parte actora, sino una mera disconformidad generalizada respecto de lo decidido en el fallo de grado. Ello, pues se limita a sostener -reitero, en forma amplia y genérica-, que el análisis efectuado por la magistrada de primera instancia de los presupuestos de la causa fue incorrecto, así como exhibe su disconformidad con la conclusión a la que arribó, sin indicar en forma concreta cuál o cuáles serían los presupuestos fácticos y jurídicos que impugnan, o cuál sería, puntualmente, la conclusión que cuestiona en esta alzada.
Constituye un principio general de la teoría recursiva que la apelación debe contener una crítica concreta y razonada de los fundamentos en que se apoya la decisión recurrida (arts. 116 L.O. y 265 Cód. Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por ello, la invocación genérica y esquemática de agravios resulta insuficiente para fundar el recurso... La ley adjetiva requiere un análisis razonado del fallo y también la demostración de los motivos que se tienen para estimarlo erróneo, de manera que en ausencia de objeciones especialmente dirigidas a las consideraciones determinantes de la decisión adversa al apelante, no puede haber agravio que atender en la alzada..."
"IV
- La parte actora apela los honorarios regulados a su letrado, por reducidos, sin embargo, en mi opinión, carece de interés jurídico para ello, pues no se advierte cuál sería el gravamen que le ocasionaría el hecho de que los estipendios de su abogado sean bajos, por lo que corresponde desestimar esta apelación, por ausencia de gravamen. En cuanto a los honorarios del perito contador, en mi opinión, lucen reducidos, por lo que sugiero su elevación a 8 UMA."
Votos en disidencia: No constan votos en disidencia; la doctora Silvia E. Pinto Varela adhirió al voto que antecede.
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